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La justicia mantiene los plazos previstos para el traslado de las obras de Sijena a pesar de las advertencias del Museu Nacional d'Art de Catalunya (MNAC) sobre los riesgos que comportaría moverlas. La jueza Pilar Guillén Carcelero ha rechazado las alegaciones presentadas por la institución catalana y ha decidido que el calendario establecido para ejecutar la sentencia continúe vigente. En su resolución, la magistrada examina el informe de evaluación de riesgos que el museo aportó el 15 de junio para solicitar la suspensión del cronograma y, a pesar de reconocer que se trata de un documento "relevante" a la hora de planificar la intervención, considera que "no determina por sí mismo la imposibilidad" del traslado.

La resolución también da la razón parcialmente al gobierno de Aragón y al Ayuntamiento de Sijena, de los cuales acepta cuatro de las alegaciones presentadas, mientras que rechaza íntegramente las del MNAC. La magistrada insiste en que los posibles daños derivados del movimiento de las pinturas obligan a extremar las precauciones, pero no son suficientes para suspender el traslado si no se acredita técnicamente que es imposible ejecutarlo. "La existencia de riesgos asociados al traslado exige una planificación rigurosa, pero no equivale, sin una justificación técnica suficiente, a la imposibilidad de llevarlo a cabo", señala el escrito judicial. En consecuencia, y a petición del ejecutivo aragonés, la jueza ha fijado un plazo de 10 días para que el museo catalán presente los documentos que acrediten qué actuaciones ha llevado a cabo hasta ahora para cumplir el calendario establecido.

Cautela prevista

Asimismo, la jueza ha querido dejar claro que el calendario de traslado ya se estableció teniendo en cuenta la delicadeza de las obras y las precauciones necesarias para preservarlas. En este sentido, recuerda que la providencia del 10 de abril de 2026 fijó "expresamente" un plazo máximo de 56 semanas a partir de una propuesta presentada por el propio MNAC, que incorporaba las medidas de seguridad exigidas por las características de los bienes. "No se trata, por lo tanto, de un plazo establecido al margen de las necesidades técnicas alegadas por el MNAC, sino de un calendario fijado, precisamente, para posibilitar el cumplimiento de la sentencia con las garantías debidas", argumenta la resolución.

La jueza también ha rechazado que el gobierno de Aragón tenga que presentar nueva documentación sobre las condiciones en que se debería efectuar el traslado de las obras. El MNAC había reclamado esta información adicional, pero Guillén Carcelero ha aceptado los argumentos del ejecutivo aragonés, que sostiene que los documentos requeridos ya constan en el procedimiento judicial.