El titular del juzgado de instrucción número 7 de Barcelona ha desestimado la petición de la fiscalía para que investigue una votante del 1-O en el instituto Pau Claris de la capital catalana que resultó lesionada en la mano por los antidisturbios de la Policía Nacional. El ministerio público, la Abogacía del Estado y el Sindicato Profesional de la Policía habían solicitado investigarla por resistencia a la autoridad, pero el magistrado instructor lo descarta porque la mujer no impidió la entrada de los antidisturbios en el edificio y no agredió ningún agente, sino que se sentó en el suelo e intentó que no la desalojaran.

En su auto, al cual ha tenido acceso la ACN, el juez afianza su decisión del pasado mes de agosto, y da la razón a la defensa de la mujer, la Generalitat y el Ayuntamiento de Barcelona, que se oponen a citarla como investigada. La decisión puede ser recurrida a la Audiencia.

Según el juez, el artículo 556.1 sanciona con prisión de tres a doce meses o multa de seis a dieciocho meses los que "se resistan o desobedezcan gravemente" agentes policiales, pero el magistrado cree que los dos vídeos aportados contra la mujer no evidencian esta actitud. Así, mientras la fiscalía cree que la mujer "impidió" a los antidisturbios, junto con otros votantes, "acceder a la zona de votación", el juez dice que la joven estaba dentro de la zona de votación, pero los agentes ya estaban dentro, y la mujer se quejó "sin realizar ninguna actividad sustancial de obstrucción a la acción de los agentes".

En un segundo vídeo, la fiscalía ve a la joven "resistirse activamente a su desalojo del colegio electoral utilizando la fuerza física, abrazando fuertemente a otro individuo y pegándose con las piernas a la barandilla de las escaleras, obstaculizando gravemente el cumplimiento de las disposiciones de la autoridad a pesar de los requerimientos de los agentes". Pero el magistrado recuerda que los policías que han declarado al juzgado dijeron que no tenían órdenes de desalojar el edificio, sino únicamente acceder y requisar el material electoral, cosa "que realizaron sin ningún tipo de obstáculo" por parte de la mujer, dice el juez.

En este vídeo también se ve como la mujer es arrastrada por el suelo y las escaleras por un policía cuando los agentes ya están en el interior y están decomisando el material electoral. Por eso, concluye al juez, la actuación de la mujer no afectó "para nada" a la actuación policial. Por último, el juez ve "discutible" que se diga que la mujer utilizó la fuerza física para resistirse a la autoridad, ya que esta fuerza no se dirigió contra ningún agente, sino que la joven se tiró al suelo y se cogió a lo que pudo, "siendo siempre esta fuerza física en detrimento de su propia integridad personal y de nadie más".