El juez del caso Villarejo, Manuel García Castellón, ha imputado al BBVA -entidad que absorbió CatalunyaCaixa (CX)- como persona jurídica por los delitos de cohecho, revelación de secretos y corrupción en los negocios por los pagos que hizo durante años al excomisario a cambio de trabajos de espionaje.

Fuentes jurídicas han confirmado a Efe que el magistrado de la Audiencia Nacional ha acordado la imputación del banco a petición de la Fiscalía Anticorrupción dentro de la pieza del caso Tándem relativa a las contrataciones del banco a Villarejo, que comenzaron en 2004 y se alargaron hasta 2017. 

Así, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 acepta la petición realizada por la Fiscalía Anticorrupción de investigar si el banco habría encargado el espionaje a diferentes personas contratando los servicios de Cenyt, grupo empresarial del comisario, con el objetivo de conocer diversa información relacionada con la constructora Sacyr.

Seguimientos, pagos ilícitos y dádivas

Según el escrito de Anticorrupción, que fue presentado ante el juez instructor este miércoles, el BBVA dirigido por Francisco González contrató al entramado empresarial del comisario Villarejo tuvieron para el desarrollo de servicios de inteligencia, "de naturaleza patrimonial y carácter ilícito", además de seguimientos personales y acceso a comunicaciones o documentación bancaria que, a su entender, supusieron "múltiples" vulneraciones de derechos fundamentales de varias personas.

La Fiscalía afirma que del análisis de la documentación en soporte papel y digital incautada en los registros practicados en el mes de noviembre del año 2017 y de la documentación aportada por BBVA se acreditaría que la contratación y los pagos presuntamente ilícitos a la mercantil CENYT afectaron a varias áreas sensibles del banco y a diversos ejecutivos de la entidad durante un prolongado periodo.

Asimismo, destaca en su escrito que alguno de los directivos investigados, cuya identidad no se da a conocer al estar la causa secreta, habría percibido dádivas del entorno del Grupo Cenyt por facilitar tales contrataciones.

Por todo ello, y con arreglo al artículo 31 bis del Código Penal, permiten trasladar a la persona jurídica la responsabilidad penal por los delitos cometidos por las personas físicas, descarta que por el momento que la entidad financiera pueda ser considerada como perjudicada por los hechos investigados, algo que el juez García Castellón comparte, por lo que rechaza que el BBVA pueda personarse en la causa como acusación particular.