"Legalmente lo puedo matar, confirma la Reina". De esta manera abría el diario satírico británico The Daily Mash en enero del 2017. En la noticia, la reina Isabel II de Inglaterra confirmaba que, si el presidente Donald Trump hacía una visita de Estado, ella podía matarlo con una espada sin que le pasara nada. Era pretendidamente una fake new, pero abría un debate: ¿la monarca puede ser juzgada por los tribunales de su país? La respuesta viene a ser que no.

El debate también existe en el Estado español. Aunque grupos como Unidos Podemos, ERC, el PDeCAT o el PNV han pedido aprovechar la limitación constitucional de los aforamientos impulsada por Pedro Sánchez para revisar la inviolabilidad del monarca, el nuevo gobierno español se ha cerrado en banda. "Es importante que el Rey mantenga la inviolabilidad, porque es el jefe del Estado", argumentaba el viernes pasado a la ministra-portavoz Isabel Celaá. Ni siquiera se lo ha planteado la Moncloa.

Según el artículo 56.3 de la Constitución española, "la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad". Eso quiere decir que el rey, en ejercicio de su cargo, no tiene ninguna responsabilidad civil ni criminal por sus actos. Se sitúa por encima de los tribunales de justicia, que no lo pueden procesar y ante los cuales no tiene que responder. No puede ser perseguido judicialmente.

La inviolabilidad es muy diferente del aforamiento, que implica que el aforado tiene derecho a ser juzgado por un tribunal diferente al que correspondería a un ciudadano normal. La familia real está aforada, pero el Rey además es inviolable e irresponsable. En estos momentos, el rey Felipe VI es inviolable. El rey emérito Juan Carlos I ahora sólo es aforado, pero también es inviolable por las conductas realizadas durante su reinado.

El Rey no tiene ninguna responsabilidad civil ni criminal por sus actos, se sitúa por encima de los tribunales de justicia.

En la práctica, la inviolabilidad es una carta de impunidad. El mismo debate que abría la noticia satírica sobre la Reina matando a Trump con una espada, se planteó en la España real del 78. Como recoge la sinopsis del Congreso de los Diputados, la irresponsabilidad penal del Rey fue uno de los aspectos más criticados durante los debates constituyentes, "llegando incluso a plantearse, por algún sector, la hipótesis del Rey asesino o violador".

"Anticipando la irresponsabilidad regia, y no previendo su enjuiciamiento criminal por el Tribunal Supremo en pleno, previa autorización del Congreso, el anteproyecto se niega a enfrentar la incómoda posibilidad de un monarca delincuente", advertía el jurista y profesor Enrique Gimbernart en un debate organizado por El País en febrero de 1978. De esta manera, continuaba, podía llegarse "a una regulación que consagrara la impunidad de un monarca asesino o violador y al que ni siquiera se le podría remover del cargo si delinquiera".

Una inviolabilidad que ha salvado a Juan Carlos I

La inviolabilidad del Rey no sólo es un precepto constitucional sobre un papel. También ha tenido efectos reales, en casos en los que el monarca no ha podido ser perseguido por los tribunales por su participación en hechos.

Sin ir más lejos, el mismo juez instructor del caso Nóos, José Castro, aseguró después de cerrarse el juicio que el rey Juan Carlos I tendría que haber declarado "como imputado" por un delito fiscal, y no sólo "como testigo" como defendía el fiscal Pedro Horrach. El motivo: la donación encubierta de un millón y medio de euros que hizo a la infanta Cristina para comprar el palacete de Pedralbes. Pero la inviolabilidad impidió que pudiera declarar en condición de nada. En cambio, su yerno, Iñaki Urdangarín, ya está en la prisión.

Las grabaciones de su amante Corinna zu Sayn-Wittgenstein también pusieron al descubierto más trapos sucios, como su papel clave en la trama del Instituto Nóos. También que habría utilizado a Corinna como testaferro, que le habría dado archivos claves del CNI, que habría cobrado 80 millones de euros de comisión por el AVE a la Meca o que se habría acogido a la amnistía fiscal del ministro Montoro. Pero, gracias a la inviolabilidad, no podrá nunca ser juzgado por estos hechos. Tuvieron lugar mientras era el jefe del Estado.

La inviolabilidad ha impedido que Juan Carlos I declarara como imputado por el caso Nóos y ha paralizado las demandas de paternidad en su contra.

La figura de la inviolabilidad también es la que permitió, en noviembre de 2013, que un juzgado de Madrid no admitiera a trámite una demanda de paternidad de Alberto Solá contra el Rey. No era el primer caso: en octubre del año anterior pasó lo mismo con otra demanda de Solá y con una de una mujer belga llamada Ingrid Jeanne. El juez argumentaba que Juan Carlos I "está en el margen de cualquier acción que se dirija contra su persona, incluidas las que se ejercitan ante la jurisdicción civil."

Toda demanda contra el Rey en ejercicio de su cargo recibe la misma respuesta: "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad".