Un caso aterrador. La Audiencia de Barcelona ha condenado a seis agentes de los Mossos de Esquadra (cinco hombres y una mujer) por un delito de torturas -en la modalidad de atentado grave a la integridad moral- y dos delitos de lesiones a dos jóvenes por haberse saltado un control de seguridad ciudadana, la noche del 23 de abril de 2016, en Cerdanyola del Vallès. En concreto, impone a un agente 5 años y 5 meses de prisión y 4 años de inhabilitación absoluta, y a otros cinco agentes, 4 años de prisión y 4 años de inhabilitación absoluta, medida que implica tendrán que volver a opositar para poder volver ingresar en el cuerpo de la policía catalana. El tribunal les ha aplicado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, ya que la causa no se elevó para ser juzgada hasta el 2021. La sentencia no es firme. Ante la gravedad de los hechos, el Departament de Interior ha informado ElNacional.cat de que abrirá un expediente disciplinario a los agentes, con medidas cautelares, que no ha detallado, hasta que la sentencia sea firme. La sección séptima de la Audiencia de Barcelona celebró el juicio en marzo de 2022, sin que se informara a la prensa (un hecho inusual, aunque ha pasado otras veces con agentes de los Mossos implicados), y este jueves el gabinete de prensa del TSJC ha comunicado la resolución.

En la sentencia, de 149 páginas, los magistrados Enrique Rovira del Canto, Ana Rodríguez Santamaria y Maria Calvo, dan plena credibilidad a los dos jóvenes, que entonces tenían 19 y 21 años. El conductor declaró que en el control de tráfico se asustó y no paró y condujo (a 65 km/h) hasta que se desvió a un camino de arena y chocó con un pequeño muro y saltó el airbag del coche. Añadió que uno de los agentes le dio un puñetazo en el ojo y esposado en el suelo, lo empezaron a pegar otros agentes. El mismo relato explica el copiloto, que en la marcha abrió la puerta porque no se quería dar a la fuga, y también fue golpeado. Los dos relataron mucho miedo, y que recibieron amenazas de muerte. Los dos agentes que los retuvieron primero aseguran que los jóvenes se lesionaron con el accidente del coche, y que solo los detuvieron, como los otros cuatro agentes condenados.

No obstante, el tribunal sostiene: "Los acusados de común acuerdo y con ánimo de menoscabar la integridad física y psicológica y moral de los chicos, que no ofrecieron resistencia, los golpearon con puñetazos, patadas en la cara, cabeza y cuerpo, a la vez que los insultaban y trataban de intimidarlos y humillarlos diciendo cosas como 'os podríamos matar aquí y nadie se enteraría', y cortando uno de los cinturones de seguridad con el cual los pegaron, usando la zona de la hebilla". En otro procedimiento, el conductor aceptó ser condenado por conducción temeraria.

 

Más de 40.000 euros de responsabilidad civil

Además de la pena de prisión, el tribunal impone a los seis agentes condenados, y a la Generalitat, como a responsable civil subsidiario, a pagar al conductor 39.394 euros por las lesiones y secuelas y 20.000 euros por daños morales, la misma cantidad al copiloto, además de 10,757 euros por lesiones y secuelas. Los dos sufrieron trastorno de ansiedad y uno de ellos un brote psicótico, y no quería que lo medicaran pensando que era un complot contra él. Los jóvenes también relataron que distintos agentes les decían que no denunciaran nada y que dijeran que las lesiones se las habían hecho en el accidente para cobrar de la aseguradora. En la comisaría, no abrieron la boca.

Lesiones visibles

En la sentencia, el tribunal declara que el relato de los dos denunciantes "es detallado y no contradictorio y se ha mantenido persistente desde el mismo día de la detención hasta la fecha del juicio, y además se ve corroborados por múltiples indicios externos derivados de fuentes de pruebas fiables y diferentes de la que proporcionan los testigos de los dos jóvenes". Añade que "las evidencias lesivas apreciables por cualquier persona de los dos denunciantes aquella misma madrugada son incontestables." Y precisa que los atestados médicos iniciales y las fotografías "ya evidencian, y más allá de su realidad, que las mismas eran plenamente visibles, como dijeron las doctoras", que los examinaron. 

La Audiencia de Barcelona afirma que algunos de los funcionarios policiales que fueron al escenario aquella madrugada "iban con la convicción de que se trataba de un coche que casi había atropellado a los compañeros al huir, como declaró el jefe del USC". Y por todo eso, razona el tribunal "podemos inferir que el estado de ánimo de los funcionarios policiales que cogen primero a los jóvenes era plausible, que distara mucho de ser de calma y objetividad", y -continúa- que "por eso hace poco fiables sus manifestaciones", que realizaron una actuación "contenida, mesurada y calmada, sin rastro de alteración o enfado."

Por todo eso, el tribunal concluye que "en la provocación de las lesiones a los dos jóvenes, los acusados se aprovecharon de su condición de agentes de la Fuerza Pública, encargados de la preservación de la seguridad ciudadana y pusieron este carácter al servicio a sus propósitos ilícitos de dar un escarmiento a los dos jóvenes".

 

En|A la foto principal, una imagen de archivo de un control de movilidad de los Mossos d'Esquadra. / Foto: ACN