Los observadores internacionales han presentado hoy el informe sobre el juicio al procés. El informe preliminar académico incluye tanto el análisis del caso desde la investigación y la instrucción hasta el juicio en el Tribunal Supremo.

"En el juicio sólo se ha podido demostrar que se vieron caras de odio, escupitajos, patadas, pero en el derecho penal rige el principio de realidad subjetiva y no son imputables a los procesados", ha dicho Mercè Barceló, una de las académicas, desmontando el caso.

"Tampoco ha quedado demostrada la idoneidad de las personas acusadas para conseguir la finalidad de los delitos de rebelión y sedición", ha proseguido.

Y entre las claves para desvirtuar el proceso y los delitos por los que se acusa a los procesados está el hecho de que "nunca se activó el estado de sitio", herramienta imprescindible para evitar un alzamiento.

Según los observadores internacionales, "sus conductas estaban amparadas en derechos fundamentales" y concluyen que "ser independentista y reclamar la consecución de un estado propio está amparado por la Constitución española".

Durante los 4 meses de juicio pasaron por el Tribunal Supremo 60 observadores internacionales. 40 observadores de cuatro continentes, 10 académicos de varias universidades estatales y 10 miembros de organizaciones de defensa de organizaciones. Y 4.000 personas anónimas han hecho donaciones para financiar el trabajo de los observadores internacionales.

El informe de la plataforma International Trial Watch - Catalan referendum case (ITW) tiene el apoyo de una veintena de entidades, como Avocats Européens Démocrates (AED), el Centro de Estudios Legales y Sociales de Argentina, el Centro de documentación y denuncia de la tortura (Madrid), la Asociación Catalana por la Defensa de los Derechos Humanos, Antigone - Associazione per i diritti e le garanzie nel sistema penale (Italia) y el Centro para la defensa de los Derechos Humanos Iridia, entre otros.

Las conclusiones

Las conclusiones del informe, que han sido destacadas en la rueda de prensa por los portavoces de ITW Iñaki Rivera y Mercè Barceló, consideran que las acusaciones "han sido incapaces de determinar cuándo y dónde tuvo lugar el alzamiento como acción base de los delitos de rebelión y sedición".

Rechazan que se haya podido demostrar "la violencia ni las acciones tumultuarias" y constatan que no concurren los elementos básicos de estos tipos penales, ni la idoneidad ante las conductas encausadas para alcanzar los fines de cada delito.

Sobre el caso de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, y el expresidente de la ANC Jordi Sànchez, consideran que la conducta criminal que se les atribuye "estaba protegida por el ejercicio de derechos fundamentales" y que actuaban amparados por la libertad ideológica, el derecho de reunión y la libertad de expresión.

En concreto, consideran que Forcadell, en su actuación como presidenta del Parlament, "estaba amparada" por la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria y por el derecho al libre ejercicio de cargo público.

En el informe también se considera que se han producido durante la instrucción y el juicio oral "numerosas violaciones que afectan a las garantías del debido proceso penal", con una afectación a derechos fundamentales.

Critican aspectos como la vulneración del derecho a juez ordinario determinado por ley, derecho de defensa, igualdad de armas y derecho a la libertad, y critican la fragmentación de las investigaciones judiciales y que la imparcialidad del tribunal se ha visto "seriamente afectada".

Asimismo, consideran que se ha vulnerado el derecho a libertad y lamentan que, tal como ha declarado el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, las prisiones preventivas de Sànchez, Cuixart y Junqueras son "arbitrarias porque los encarcelamientos se derivan del ejercicio de derechos y libertades fundamentales".

Sobre este punto, la representante de la Federación Internacional por los Derechos Humanos, Dominique Nogueres, organismo que hizo de observador en el juicio, ha afirmado en la rueda de prensa: "Para nosotros es imposible admitir que personas sean privadas de libertad por cuestiones de opinión".

Ahora este informe servirá por elaborar un 'informe sombra' que se elevará al Alto Comisionado de las Naciones Unidas por los Derechos Humanos (ACNUDH) para que se tenga en cuenta en el examen periódico universal al cual se someterá España en la sesión del Consejo de Derechos Humanos en enero de 2020.

Iñaki Rivera también ha confiado que los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y el resto de partes del juicio tengan en cuenta estas conclusiones "antes de pronunciarse en la próxima sentencia", por su gravedad.