PSOE y Unidas Podemos han acordado introducir una reforma en el Código Penal para castigar con una pena de hasta seis años de prisión a aquellos empresarios que incumplan de forma reiterada la legislación laboral. Los partidos que conforman el Gobierno han aprovechado el proceso de reforma del Código Penal para derogar el delito de sedición e introducir el de desórdenes públicos agravados y han registrado una enmienda para modificar el artículo 311 y así "blindar los derechos laborales".

Lo ha avanzado el presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados, Jaume Asens, que ha afirmado que con esta reforma se evitará que "los empresarios que de forma sistemática incumplen la legislación laboral y vulneran los derechos de los trabajadores, no se vayan de rositas". Asens ha asegurado que, actualmente, a muchos empresarios "les sale más a cuenta pagar la multa" por incumplir la legislación laboral, que no seguir la ley, y que pretenden, de ahora en adelante, que "eso no sea así".

Por otra parte, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha reivindicado este pacto a través de su cuenta de Twitter, desde donde ha asegurado que "la defensa de los derechos laborales en casos flagrantes de injusticia estará garantizada por el Código Penal". Díaz ya había adelantado que trabajaba con Justicia y con la Fiscalía para reformar delitos en el ámbito laboral para poder depurar responsabilidades penales en los tribunales.

Tuit Yolanda Diaz modificacio código penal derechos laborales

Tuit de Yolanda Díaz donde reivindica la modificación del Código Penal para "defender los derechos laborales"

Reformar el artículo 311 del Código Penal para "blindar los derechos laborales"

En la actualidad, el artículo 311 del Código Penal estipula una pena de prisión de seis meses a seis años y una multa de seis a doce meses para dos supuestos. En primer lugar, para aquellos que "mediante el engaño o abuso de situación de necesidad, impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de la Seguridad Social que perjudiquen, supriman, o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual". En segundo lugar, para aquellos que den ocupación a varios trabajadores "sin comunicar su alta en el régimen de la Seguridad Social".

La enmienda presentada por PSOE y Unidas Podemos busca modificar el primer apartado de este artículo con el fin de incluir también a aquellos empresarios que "impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante la contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra del requisito o sanción administrativa". Con esta modificación se introduciría un delito para perseguir, de forma específica, aquellos que vulneran los derechos laborales de los trabajadores de forma repetida.

En este sentido, el nuevo artículo afectará a empresas como la compañía de reparto a domicilio, Glovo, que a pesar de la entrada en vigor de la 'Ley Rider', ya hace más de un año, sigue incumpliéndola, ya que mantiene a sus trabajadores como falsos autónomos. En este caso, la empresa incurría en delitos administrativos y ahora se busca elevar al ámbito penal este tipo de infracciones.