La Fundación puntCAT se ha personado ante la Audiencia Nacional para conocer los motivos que llevaron a dictar la medida cautelar para bloquear el acceso a la web de Tsunami Democràtic el 18 de octubre de 2019. El presidente de la fundación, Carles Salvadó, ha explicado en rueda de prensa que se ha entrado un escrito al Alto Tribunal donde se pide conocer las razones por las cuales se dictó la medida cautelar de bloqueo y se expone la necesidad de "garantizar" el respeto a los derechos fundamentales y la operatividad de los nombres de dominio '.cat'.

La Fundación puntCAT ha constatado que cualquier afectación a la libertad de expresión "sólo resulta aceptable cuando está prevista a la ley y se fundamenta en la existencia de criterios de limitación de derechos fundamentales que no sean desproporcionados". En caso de que se haya producido alguna vulneración no descartan llevar el caso a instancias europeas.

La defensa jurídica será coordinada por el abogado penalista Andreu Van den Eynde, que se encargará de aclarar los motivos que llevaron a la Audiencia Nacional a adoptar la medida cautelar dictada el 18 de octubre de 2019 por el Juzgado Central de Instrucción número 6. Una decisión que obligó a las operadoras de telefonía a bloquear el acceso a la web de Tsunami Democràtic desde todas las direcciones IP situadas en el estado español.

Credibilidad dominio '.cat'

Salvadó ha justificado haberse personado como parte "afectada e interesada" porque con el bloqueo se ha puesto en duda la "operatividad", "la solvencia" y la "credibilidad" del dominio '.cat'. La fundación ha reclamado explicaciones para decidir después si se utilizan o no alguna acción legal.

Han defendido que la cuestión principal no es sobre el contenido en sí de la web de Tsunami Democràtic porque desde fundación no tienen ningún control, sino el hecho de que los estados puedan restringir el acceso a internet y que no se pueda inhabilitar un dominio sin cumplir los requisitos pertinentes. "Queremos ver si los motivos están fundamentados con derecho y con hechos", ha detallado Van den Eynde.

Requisitos

Según Van den Eynde para poder bloquear una web se tienen que dar tres requisitos: que haya una previsión legal expresa, que se persiga una finalidad legal determinada de protección del interés general y que se haga de forma proporcional. "Estos tres criterios sueño los que el TJUE dice que los estados han empezado a vulnerar de forma general. Necesitamos información para saber si ha estado así", ha concluido.

Van den Eynde ha defendido que la ciudadanía tiene que poder actuar con "confianza" con las autoridades judiciales cuando hagan un bloqueo. Con respecto al hecho de que la Audiencia Nacional bloqueara la web de Tsunami Democràtic al considerar que era una organización presuntamente terrorista, el abogado ha dicho que "España no puede cambiar la definición de lo que es una organización terrorista".

Salvadó ha defendido que no se puede dejar pasar el bloqueo de la web porque si se hace, se puede convertir en habitual que un estado pueda bloquear una web sin motivos objetivos. "Hemos pedido explicaciones e información para saber si se han hecho bien las cosas. Si no se ha hecho bien tendremos que actuar en consecuencia", ha dicho en relación a traer el caso a instancias europeas.