El TSJC ha desestimado el recurso de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, contra la querella que presentó la Fiscalía a raíz de la votación de las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente en el pleno de la cámara catalana. El tribunal ha fijado un plazo de dos días para que el secretario general del Parlament aporte la documentación requerida respecto al caso.

Forcadell presentó el recurso de súplica y el TSJC lo admitió. El 4 de noviembre, sin embargo, el fiscal registró su informe donde se pedía que se desestimara el recurso.

Al conocerse la decisión, la presidenta ha insistido que defenderá "allá donde sea" su actuación para proteger la libertad de expresión. De momento, no ha sido citada por el tribunal.

Según asegura en una nota de prensa del Parlament, ésta decisión implica que, por primera vez, se somete a la vía penal "el debate de las ideas", lo cual constituye un hecho "sin precedentes". "No existe norma penal que prohíba el debate parlamentario", ha insistido Forcadell, que basará su defensa en la libertad de expresión y el derecho a la iniciativa de los diputados.

El tribunal alega en su auto: "Ya dijimos en el auto recurrido que para la admisión de la querella era suficiente que en ésta fueran relatados unos hechos que, de ser ciertos, revestirían inicialmente carácter delictivo. No corresponde ahora negar su existencia o su interpretación, ni menos contradecir elementos subjetivos".

El TSJC pone la atención en que no se trata de un juicio político y que en ningún caso se cuestionan las ideas de Forcadell: "El proceso penal no se inicia por ningún debate de ideas ni, menos, por ningún tipo de expresión proferida por la querellada". Y defiende que "el proceso penal se inicia por una apariencia de delito de desobediencia al mandato de un Tribunal, que constituye una de las piezas básicas en la arquitectura del Estado de derecho de las democracias avanzadas, concretamente del máximo intérprete de la Constitución".

El TSJC da total credibilidad a la versión del fiscal y mantiene que hace falta investigar y juzgar los hechos: "Los hechos relatados en la querella son verosímiles en función de la documentación acompañada, aunque su acreditación, así como la de los hechos que convengan al interés de la defensa, dependerá de los elementos que se incorporen a la instrucción que ahora se abre".

Sólo hay un punto de inflexión en el auto judicial, cuando los magistrados exponen que "ciertamente tal declaración no vincula los órganos penales", refiriéndose a la declaración de ruptura, pero aun así "mantiene" que "objetivamente presentan la apariencia de los delitos denunciados, cuando menos con el carácter indiciario que es propio de la fase preliminar del proceso penal".

Proceso en marcha

El TSJC saca adelante la instrucción del caso contra Carme Forcadell para llevar a la presidenta del Parlament de Catalunya a juicio.

Ya ha pedido al secretario general del Parlament todas las resoluciones aprobadas a partir de este verano que es cuando el TC suspendió la resolución soberanista, las actas de los plenos del Parlament, de la Mesa y todos los informes legales que hizo el funcionario.

La querella se presentó el 19 de octubre, mañana hará una semana. La Fiscalía Superior del Tribunal de Justícia de Catalunya acusa a Forcadell de los delitos de prevaricación y desobediencia al Tribunal Constitucional (TC) al permitir que la cámara catalana votara la hoja de ruta independentista. El texto tiene 30 páginas y está firmado por el fiscal jefe de Catalunya, José María Romero de Tejada.

El Ministerio Público dice que Forcadell actuó con "desprecio a la Constitución" y tilda de "incumplimiento frontal" la aprobación de la resolución del Parlament y hace responsable a Forcadell "con pleno conocimiento del contenido de las mencionadas resoluciones" (la prohibición del TC) porque toma "la decisión de llevar las conclusiones al pleno del Parlament".