La fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que anule la condena al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por supuestamente filtrar información confidencial de Alberto González Amador, la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. El ministerio público ha presentado en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a través de su teniente fiscal, María Ángeles Sánchez Conde, un escrito en el que asegura que la Sala de lo Penal ha vulnerado la presunción de inocencia, el derecho de defensa, la legalidad penal y el derecho a una tutela judicial efectiva. Según ha avanzado *El Español*, la teniente fiscal del Tribunal Supremo acusa a los jueces de la Sala de lo Penal de haber creado “un tipo delictivo” inexistente para condenarlo, vulnerando principios como la presunción de inocencia y la legalidad penal. Esta petición se produce después de la ejecución de la sentencia por parte del Supremo, que le impuso una multa y una inhabilitación específica para ejercer su cargo. En el recurso, la fiscalía sostiene que los magistrados del Supremo hicieron una "selección incompleta de hechos" y no tuvieron en cuenta las pruebas a favor del condenado. Este incidente de nulidad es el paso previo a un posible recurso ante el Tribunal Constitucional. También cuestiona la indemnización a la pareja de Ayuso.

Los datos ya eran públicos
María Ángeles Sánchez Conde, a través de este incidente de nulidad que ha remitido al Alto Tribunal, argumenta que el delito de revelación de secretos “no contempla la conducta del funcionario que revela datos que ya son públicos”, dado que ya habían sido difundidas “por una pluralidad de medios de comunicación”. La fiscal señala que los magistrados hicieron una “selección incompleta de los hechos” al omitir testimonios clave de los periodistas que declararon en el plenario, quienes en su declaración en calidad de testigos acreditaron que ya “disponían del correo” con la confesión de fraude fiscal del empresario antes de que llegara a García Ortiz, según informa la misma fuente. A continuación, el escrito pone de manifiesto las declaraciones de varios comunicadores que accedieron al correo electrónico mencionado, lo que evidencia que “la sentencia prescinde, sin explicación alguna, del análisis de muchos testimonios de descargo”.
El testimonio de los periodistas, irrelevante
Según el escrito al que también ha tenido acceso RTVE, la teniente fiscal afirma que la sentencia prescinde del hecho “públicamente acreditado” de que La Sexta publicó a las 22.10 una noticia en la que daba cuenta de la información contenida en el correo electrónico de González Amador. Es decir, “horas antes de que lo hiciera la Cadena SER”. “En suma, cuando el correo llegó al fiscal general del Estado ya había sido divulgado, y esto está acreditado, aunque la sentencia lo omita”, ha concluido la teniente fiscal. La sentencia “parece admitir que los periodistas tuvieron conocimiento” del correo electrónico mencionado por fuentes ajenas a García Ortiz, pero que, sin embargo, “no le otorga ninguna relevancia”. La fiscal pone el énfasis en la presencia del testimonio del periodista de la SER Miguel Ángel Campos, “lo que equivale a admitir que la noticia que se divulgó en Hora 25 no le fue facilitada” por García Ortiz, “hecho que contradice frontalmente el relato de los hechos probados en el que se afirma que este correo “fue comunicado desde la Fiscalía General del Estado”.
Las “insidiosas y calumniosas” informaciones
Considera que las “prisas inusitadas” del fiscal general para obtener los correos electrónicos intercambiados entre el abogado de García Ortiz y el fiscal de delitos económicos, están motivadas por la “necesidad de redactar una nota informativa por parte de la Fiscalía para responder con rapidez a las informaciones que cuestionaban su actuación” y que se habían difundido por los medios de comunicación. La teniente fiscal también cree que “estas insidiosas y calumniosas informaciones contaban con el apoyo y aportación de medios por parte del gobierno de la Comunidad de Madrid”.