La fiscalía amenaza con llevar al Tribunal Supremo la aplicación del artículo 100.2 a los presos políticos porque considera que se está aplicando como uno "tercer grado encubierto". El ministerio pública ha presentado un recurso contra el otorgamiento del 100.2 a Jordi Sànchez argumentando que el voluntariado que echará no servirá como tratamiento por el delito de sedición.

Recuerda que hay tres grados a la hora de clasificar a un interno, y rechaza que el 100.2 sea un grado "intermedio" para acceder al tercer grado ni una modalidad de clasificación. Se trata, continúa, de una medida "excepcional", y por eso exige una "interpretación restrictiva". También critica que la consellera de Justicia diga que todos los presos se podrán acoger.

En su escrito, la fiscalía constata que de los informes de Lledoners se desprende que se está aplicando el artículo 100.2 como un paso intermedio entre el segundo y el tercer grado. Si se continúa así, dice, tendría que ser el Supremo quien se pronunciara al respecto, y el posible recurso del ministerio fiscal tendría "efecto suspensivo e impediría la puesta en libertad del condenado".

Dicho esto, insiste en que el 100.2 es una medida "excepcional", y requiere como "requisito imprescindible" un programa de tratamiento relacionado con el delito que no se está produciendo. Este tratamiento, continúa, tendría que pasar por mostrarle al condenado que tiene que respetar la ley y que "sólo se puede conseguir aquello que se desea utilizando los mecanismos legalmente establecidos".

El voluntariado de Sànchez, según la fiscalía, "no influirá de forma positiva en las carencias de tratamiento del interno", y más cuando siempre ha hecho este tipo de actividades y ya hace a dentro de la prisión. También se refiere a declaraciones de Ester Capella diciendo que todos los presos podrán acogerse al 100.2, lo que "pone en evidencia que la excepcionalidad exigida por el artículo 100.2 se ha convertido en una generalidad".