El Tribunal Supremo ha decidido por unanimidad confirmar la sentencia de la Audiencia de La Coruña que ordena a la familia de Francisco Franco devolver al Estado el Pazo de Meirás. La Sala Primera del alto tribunal ha desestimado todos los recursos interpuestos por los nietos del dictador contra la sentencia, que pedían que se le reconociera la propiedad de esta finca. También ha desestimado los recursos de administraciones públicas que pretendían no tener que indemnizar a los herederos por los gastos realizados en el inmueble.

 

 

Francisco Franco se apropió del Pazo de Meirás de forma irregular durante la Guerra Civil. La sentencia del Supremo relata la adquisición por parte de unos notables de la zona del inmueble a la viuda del hijo de la escritora Emilia Pardo Bazán, quien a finales del siglo XIX ordenó la construcción de la finca. Estos notables, posteriormente, regalaron el inmueble a Franco y simularon la venta directa desde la propietaria al dictador, así como la falta de entrega del dinero fijado en la escritura. El alto tribunal da la razón a las decisiones judiciales previas que anulan todo este proceso de regalo y venta, así como descartar la posible propiedad de los Franco por usurpación o prescripción adquisitiva. Considera que la finca no dejó nunca de ser un bien de dominio público. 

Franco convirtió el Pazo de Meirás en su residencia de verano durante las cuatro décadas de dictadura. Desde la muerte del dictador, la familia Franco utilizó la residencia hasta 2019, cuando el Gobierno de Pedro Sánchez lo reclamó para el patrimonio público. Esta acción judicial contó con el apoyo de los ayuntamientos de La Coruña y Sada, la Diputación de La Coruña y la Xunta de Galicia. Por otro lado, en otro proceso judicial, el Estado consiguió la propiedad de los 559 elementos que continúan dentro del edificio, porque la demanda sobre la propiedad del inmueble no incluía su contenido. 

En la sentencia hecha pública este jueves, el Supremo admite que durante la dictadura fue difícil distinguir entre los inmuebles propiedad del Estado y los de Franco, porque en el Estado español había una "autocracia personalista". También concluye que el Pazo de Meirás estuvo destinado al servicio del jefe del Estado desde 1938. Así, considera que los herederos no pudieron poseer la finca en concepto de propietarios hasta la década de los años 90, cuando dejó de prestarse en ella ningún tipo de servicio por la administración. Es decir, no han pasado aún los treinta años necesarios para que pudieran reclamar esta finca como propiedad.