El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dado la razón a Arnaldo Otegi y cuatro demandantes más dictaminando que la Audiencia Nacional violó su derecho a un juicio justo en España.

El tribunal con sede en Estrasburgo ha determinado este martes que el alto tribunal español violó el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el "Derecho a un proceso equitativo" cuando se los juzgó y envió a prisión por el caso Bateragune.

Los cinco demandantes alegaban que los magistrados de la Audiencia Nacional que les juzgaron no fueron imparciales en su juicio. Actualmente, los condenados ya han cumplido las penas y se encuentran en libertad. Otegi fue condenado el setiembre de 2011 a 10 años de prisión, y el 9 de mayo de 2012 le rebajaron la condena a seis años y medio.

El caso, instado por la defensa de Otegi, buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada de la Audiencia Nacional Ángela Murillo en el tribunal que lo condenó vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él.

En concreto, alegaba que durante el juicio por el homenaje a uno de los líderes de ETA, Argala, Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: "Ya sabía yo que no me contestaría esta pregunta".

De la misma manera, denunciaba la presunta parcialidad del presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, por su militancia en el Partido Popular y del magistrado Antonio Narváez, que fue el fiscal que impulsó la ilegalización de Batasuna. El TEDH rehusó estos argumentos y solo admitió a trámite la parte relativa a la Audiencia Nacional.