El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya condena a Quim Torra por desobediencia y le inhabilita como presidente de Catalunya durante un año y medio por no quitar la pancarta en apoyo a los presos políticos del balcón de la Generalitat.

La sentencia no es firme, se puede presentar recurso, y por lo tanto Torra sigue en activo hasta que no se acabe el proceso. Un proceso que puede durar todavía unos meses, por lo menos hasta la primavera.

La sentencia fija un año y seis meses de inhabilitación especial para cargo público electo local, autonómico, estatal y europeo. Además, la resolución le impone una multa de 10 meses con cuota diaria de 100 euros y el pago de las costas, excepto las derivadas de la acusación popular. En total, 30.000 euros de multa.

El TSJC considera que "el Molt Honorable president de la Generalitat, Joaquim Torra, desobedeció, sin que hubiera ninguna circunstancia que modificara su responsabilidad, la decisión de la Junta Electoral Central que, una vez convocadas las elecciones del paso 28 de abril, ordenó la retirada de la simbología partidista exhibida en edificios públicos, lo comunicó en tiempo y forma y dio un plazo para la citada retirada sin que ello fuera atendido".

 

El TSJC dice en la sentencia, y lo recoge en el apartado de hechos probados, que "en fecha 19 de marzo, el acusado, a pesar de lo evidente de la redacción del Acuerdo de 18 de marzo y de conocer su obligación de cumplir antes de las 15:00 horas, presentó, vencido este plazo, ante la JEC nuevo escrito en el cual solicitaba ciertas aclaraciones relativas a los Acuerdos de 11 y 18 de marzo, e instaba la suspensión del plazo concedido por aquel último hasta que no se procediera a hacer estas puntualizaciones. El mismo día 19 de marzo, a la finalización de la reunión de Consejo de Gobierno presidido por el aquí acusado, su portavoz, la Sra. Elsa Artadi y Vila, comunicó en una comparecencia pública que el presidente no tenía intención de retirar los símbolos tal como ordenaba la JEC".

Y concluye que "este Acuerdo fue debidamente notificado al MHP y al conseller de Interior".

Toque de atención a Boye

La sentencia es dura con las tesis de la defensa, el abogado de Quim Torra, Gonzalo Boye: "Conviene resaltar e insistir en algunos de los motivos que se esgrimieron en aquel momento por la defensa en apoyo de sus pretensiones, y que resulta imprescindible que queden claros, teniendo en cuenta que de las extensas alegaciones de la defensa se desprenden una serie de confusiones sobre el procedimiento penal".

Sobre la insistencia de Boye en citar como testigos a los miembros de la Junta Electoral, el TSJC dice que "las referidas preguntas que pretendía formular la defensa a los vocales de la JEC no guardaban relación con los hechos enjuiciados, y eso es así porque, de otra manera, se distorsiona la realidad del objeto de acusación".