El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por las defensas del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig contra la decisión adoptada en su día por el instructor del 'Procés' Pablo Llarena, ratificada posteriormente por la Sala de lo Penal del Supremo, de mantener las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en la prisión dictadas contra ellos después de su elección como eurodiputados. No obstante, y hasta que se establezca doctrina sobre este asunto, rechaza dejarlas en suspenso.

Se trata de los autos emitidos por el magistrado instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, del 14 de octubre y 4 de noviembre de 2019 y las de la Sala de lo Penal de 10 de enero, 23 de octubre y 30 de diciembre de 2020. Sin embargo, el TC rechaza la solicitud de suspensión cautelar formulada por Puigdemont, Comín, Ponsatí y Puig y mantiene las decisiones tomadas por el Supremo.

El Tribunal aprecia que en el recurso concurre una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el cual no hay doctrina de este Tribunal. Añade que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica relevante y general repercusión social o económica.

 

 

El Pleno acuerda que se dirija comunicación en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo "para que remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes a las actuaciones anteriormente citados".

Como el tribunal "no considera justificada su adopción inaudita parte a la vista de los derechos fundamentales la vulneración alegan los demandantes, así como la naturaleza cautelar de la resolución judicial impugnada y los intereses constitucionalmente relevantes que se dirige a tutelar" ha abierto una pieza separada de suspensión y ha dado traslado al ministerio fiscal y a los abogados de Puigdemont, Comín, Puig y Ponsatí para que "efectúen o, si procede, amplíen alegaciones con respecto a esta petición cautelar".

Un magistrado recusado

El TC ha nombrado poniendo de la sentencia que se tenga que dictar el magistrado Cándido Conde-Pumpido.

Justamente Puigdemont ha recusado a este magistrado. La defensa del presidente ha presentado un recurso de amparo al TC en que recusa el magistrado a Cándido Conde-Pumpido para considerar que no cuenta con la "imprescindible imparcialidad". Las razones que argumenta son una conferencia que pronunció en noviembre del 2017 en qué deja clara su opinión en relación a los responsables del referéndum del 1-O y la "relación de amistad íntima" que lo une con uno de los fiscales que llevó el caso al Supremo, Javier Zaragona, así como las relaciones con la familia de este y la vinculación con buena parte del resto de fiscales que intervinieron en aquella causa.