El pleno del TC ha desestimado el recurso de amparo del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart y el del primer secretario de Jxcat, Jordi Sànchez, sobre la sentencia del juicio del procés. Exactamente igual que ha hecho con Jordi Turull y Josep Rull, avala la resolución del Tribunal Supremo. Y exactamente igual que en los casos anteriores, están los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer en el sentido contrario.

El adelanto de la decisión lo acaba de hacer público el Tribunal Constitucional a la espera de que los magistrados redacten la sentencia donde fundamentarán el rechazo del recurso y la notifiquen a las partes.

La resolución del TC abre la puerta a iniciar ya los trámites para llevar el caso de Jordi Cuixart y Jordi Sànchez al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. La resolución, que ha estado dos años parada en un cajón, permite el recurso a Europa.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el presidente, Juan José González Rivas, "además de abundar en pronunciamientos anteriores, considera, entre otras cuestiones, que la conducta del recurrente, al promover la oposición material a la ejecución policial de las decisiones del Tribunal Constitucional y de otros tribunales, no constituyó ejercicio legítimo de los derechos y libertades de expresión y reunión, y que su condena penal, por delito de sedición del art. 544 del Código Penal, cumple con las normas constitucionales, subrayando que no obedece a una finalidad espuria de persecución o castigo por su posición política o ideológica", dice el texto que ha avanzado el TC.

En el caso de Jordi Sánchez, el ponente, el magistrado Santiago Martínez-Vares, señala que la conducta del recurrente no constituye un mero exceso o extralimitación en el ejercicio de los derechos fundamentales a la libertad de expresión y de reunión, ya que lo que pretendía, como parte de la estrategia concertada con los otros encausados, era "neutralizar las decisiones adoptadas por este tribunal y los órganos judiciales sirviéndose de la movilización ciudadana para la creación de un Estado catalán independiente en forma de república, prescindiendo de los procedimientos de reforma constitucional".

Añade que "su actuación desborda con claridad los límites de lo que se puede considerar un ejercicio legítimo de aquellos derechos para exteriorizar la protesta o crítica por la actuación de los poderes públicos".

Cuixart y Sànchez cumplen condena de 9 años de prisión por un delito de sedición de los cuales han cumplido prácticamente 4.

Xiol y Balaguer persisten

Igual que en el caso de Jordi Turull y Josep Rull, están los dos votos particulares que abrieron la caja de los truenos contra la condena y el procés judicial a los presos políticos. Falta ver todavía los argumentos, pero es de esperar que los dos votos particulares vayan en la misma línea. En el caso de Turull, los dos magistrados defienden los derechos fundamentales y argumentan que la pena de prisión e inhabilitación por sedición es desproporcionada. Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer confrontan directamente sus argumentos con los del resto del tribunal que ha desestimado el recurso de Turull y que da por buena la sentencia del Tribunal Supremo.

El abogado de Turull y Rull, Jordi Pina, presentará a mediados de este mes los recursos al TEDH.

El caso y los dos votos particulares confrontan la judicatura con el ejecutivo de Pedro Sànchez, a quien Turull se refirió directamente hace unos días durante la rueda de prensa para analizar la decisión del TC. Turull se dirigió directamente a Pedro Sánchez, al ejecutivo "más progresista de la historia", y le hizo una pregunta clara: ¿Con cuál de los dos posicionamientos del Tribunal Constitucional está el ejecutivo de Pedro Sánchez? Con el que destroza derechos o al lado delo que defiende que no hay estado de derecho sin la defensa de los derechos fundamentales"?.