Segundo juicio al joven independentista Brian Bartés. El marzo pasado, la Audiencia de Barcelona lo condenó a un año y seis meses de prisión por un delito de atentado contra la autoridad en la protesta de Tsunami Democràtic, el 18 de diciembre de 2019, en los alrededores del Camp Nou para protestar por la sentencia del Supremo a los líderes catalanes. Hoy, otra sección de la Audiencia de Barcelona, la sexta, lo ha juzgado por una protesta anterior: contra el Consejo de Ministros, que se hizo en Barcelona, el 21 de diciembre del 2018. En este caso, la fiscal hoy ha mantenido la petición de seis años de prisión para Bartés: cuatro por el delito de desórdenes públicos y dos años más por atentado contra la autoridad. En el juicio, Bartés, que solamente ha contestado a las preguntas de su abogada, Norma Pedemonte,  ha negado cualquier agresión a un agente de los mossos, aunque ha admitido que participó en la manifestación a Via Laietana. Pedemonte ha pedido su absolución.

La defensa de Bartés ha denunciado que después de ser procesado por el caso de Tsunami, la policía catalana revisó imágenes almacenadas de protestas anteriores y lo descubrió en la protesta del Consejo de Ministros, en la Via Laietana. El hecho de que la policía guarde imágenes de protestas para coger activistas ha sido denunciado varias veces por Alerta Solidaria y la CUP.

En el juicio, dos agentes de la policía científica han detallado que desde la Comisaría General de Información  de los Mossos se les envió imágenes de vídeo de Bartés el año 2020 para que compararan si era lo mismo que había en la protesta de Via Laietana. En su informe, afirmen que Bartés es la persona que está en las imágenes del Consejo de Ministros y lo han ratificado hoy.

Acometida

En el juicio, un agente de los Mossos ha  explicado que identificó Bartés  un año después y en imágenes como el joven que en diciembre de 2018 "lo empujó con las dos manos y le intentó coger el escudo y le dio patadas", y que iba con un grupo  de personas que los acometía para hacer mover el cordón policial. Sin embargo, ninguna persona más fue identificada ni se le ha perseguido penalmente a posterior, como a Bartés. El agente ha admitido que no sufrió ninguna lesión. Pedemonte ha puesto en evidencia al agente cuando ha declarado que no cogió la baja ni hizo vacaciones después de aquella protesta, pero en el juzgado declaró que se quedó en su casa con dolores y que reclama por|para las veces|golpes recibidas.

Un segundo agente también ha identificado Bartés y ha explicado que a él lo agredió una chica, con una patada, que nunca ha sido identificada. El joven ha reiterado que fue a la manifestación "a protestar por la actuación de la policía española el 1-O", que  el ambiente  era de  "la gente enfadada y gritaba" pero no altercados ni participó en ellos.

Primer castigo

En la primera condena a Bartés, el tribunal afirmó que no le aplica la agravante de usar un objeto peligroso y sí la atenuante de reparación del daño (al depositar en el juzgado 500 euros para el agente), pero no le rebaja la pena al mínimo al considerar que "la agresión fue por la espalda de un agente cuando trataba de refugiarse en una furgoneta de una actuación grupal, de la cual se sirvió el acusado para darle una patada a las lumbares, con mayor impunidad", además de dar una patada en la pierna de un segundo y tirar un objeto. Con todo, la sección séptima dio la razón a la abogada de Bartés y lo absolvió del delito de desórdenes públicos, por el cual pedía que fuera condenado un agente de los Mossos, que inicialmente era defendido por la Generalitat, que se retiró del proceso, y el mosso lo hizo con un abogado particular. La condena se puede recurrir al TSJC.