El 1 de octubre, entre las muchas imágenes que hubo, hubo una que acabó con la detención de uno de los votantes. Es el hombre que tiró una silla contra uno de los guardias civiles que entró en la fuerza en el instituto Quercus de Sant Joan de Vilatorrada.

La policía le detuvo días después y este mes de septiembre lo juzgaron. El juicio pero no fue más allá de las cuestiones previas, porque se pudo llegar a un acuerdo de conformidad entre el acusado, la fiscalía y la abogacía del Estado.

A pesar de que previamente al juicio, no se cerró el acuerdo porque el abogado del estado se resistía, finalmente, el 19 de septiembre, y en pleno juicio ya, se llegó al acuerdo que evita la prisión. La jueza le condena a pagar los daños y la indemnización. Tampoco le libra de los antecedentes. La condena es de 9 meses de prisión y una multa de 360 euros. El acusado ha tenido que indemnizar al agente de la Guardia Civil y ha pagado las costas procesales, antes del juicio. Y este acuerdo es el que se transmitió durante el juicio según cuenta en la sentencia: "Ministerio fiscal. Mantuvo su escrito de conclusiones señalando únicamente que tanto la Abogacía del Estado como la defensa letrada ponían de manifiesto la existencia de un previo pago de la totalidad de la responsabilidad civil, así como de las costas procesales ocasionadas por esta representación".

La sentencia lo obliga a no volver a delinquir durante 2 años bajo amenaza de entrar en la cárcel. De hecho, está el acuerdo entre las partes para que no entre en la prisión porque la pena es inferior a los dos años.

La condena es por los delitos de atentado y delito leve de lesiones.

La sentencia da como hechos probados que "en el transcurso de la actuación policial, el acusado, con conocimiento de que se trataba de un agente de la Guardia Civil, y con ánimo de causarle un menoscabo físico, lanzó una silla contra el sargento núm.0000000, que le impactó contra las piernas, causándole lesiones que requirieron únicamente una primera asistencia facultativa, y se curaron a los 14 días, los tres primeros con perjuicio particular moderado".