Ya es oficial. A partir de esta noche de viernes a sábado, seis millones de catalanes tendrán prohibido desplazarse y circular por la vía pública entre la 1 y las 6 de la madrugada para intentar frenar la quinta ola de coronavirus, la del variante delta. A las cinco de esta tarde, el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado de urgencia el decreto que ordena el toque de queda, una vez obtenida la autorización del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Sobre el papel, la previsión es que dure hasta las 00 horas del viernes 23 de julio. Sin embargo, el propio president Pere Aragonès ya ha adelantado que durará semanas. Fuentes del ejecutivo calculan que podría ser, perfectamente, hasta mediados de agosto.

El retorno del confinamiento nocturno afecta de entrada —durante esta primera semana— a 161 municipios catalanes. Son 147 de más de 5.000 habitantes que tengan una ratio acumulada de casos de covid-19 por semana de 400 en arriba por cada 100.000 habitantes y 14 pueblos que a pesar de no estar en números rojos quedan rodeados de municipios afectados. Textualmente, se explicita así:

  • Quedan prohibidos los desplazamientos y la circulación por las vías públicas entre las 01.00 horas y las 06.00 horas.

Las excepciones

Hay una lista de excepciones para "desplazamientos esenciales", que se tendrán que justificar debidamente y acompañar del certificado de auto-responsabilidad. Los casos excluidos son los siguientes:

  • Desplazamiento por asistencia sanitaria de urgencia y para ir a la farmacia por razones de urgencia, siempre que sea la más próxima al domicilio, así como por asistencia veterinaria urgente.

  • Desplazamiento de personas trabajadoras y sus representantes para ir o volver del centro de trabajo, así como aquellos desplazamientos en misión inherentes al desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo o de su actividad profesional o empresarial. Se incluyen, en todo caso, los desplazamientos de personas profesionales o voluntarias debidamente acreditadas para realizar servicios esenciales, sanitarios y sociales.

  • Retorno al domicilio de las actividades permitidas de conformidad con la Resolución SLT/2147/2021, de 8 de julio, por la cual se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de covid-19 en el territorio de Catalunya, modificada por la Resolución 2212/2021, de 13 de julio, sujetos al horario establecido en el apartado 2.

  • Cuidado de personas mayores, menores de edad, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables por motivos inaplazables. Se incluyen los desplazamientos por necesidades de personas con trastornos de la conducta, discapacidad o enfermedad que requieran actividad en el exterior para su bienestar emocional o de salud, cuando esté debidamente justificado por profesionales sanitarios o sociales con el certificado correspondiente. También los desplazamientos necesarios para la recogida y cuidado de menores de edad en caso de progenitores separados, divorciados o con residencia en lugares diferentes.

  • Actuaciones urgentes delante de órganos judiciales.

  • Retorno al lugar de residencia habitual después de haber realizado las actividades permitidas detalladas anteriormente.

  • Cuidado de mascotas y animales de compañía durante el tiempo imprescindible y siempre de manera individual en la franja horaria compresa entre las 04.00 y las 06.00 horas.

  • Causa de fuerza mayor u otra situación de necesidad justificada.

  • Igualmente, durante el horario de restricción de la movilidad se permite la circulación de vehículos para los desplazamientos permitidos.

  • La circulación de vehículos por carreteras y vías que transcurran o trabaran el ámbito territorial de los municipios relacionados en los anexos 1 y 2 está permitida siempre que tenga origen y destino fuera de cualquiera de estos municipios. Asimismo, está siempre permitida la circulación cuando se trate de transporte de mercancías.

El listado de municipios afectados, entre los cuales hay las ciudades mayores del país como son Barcelona, l'Hospitalet, Badalona, Terrassa o Sabadell, se irá revisando caso por caso cada siete días. Si la evolución de la pandemia mejora y se baja de los 400, la ciudad o pueblo afectados podrán levantar el toque de queda. Lo mismo pasará a la inversa. El repaso semanal vigilará también el resto de municipios que por ahora se han entregado del cierre nocturno. Si hay alguno que se dispara, se habrá acabado la libre circulación durante la madrugada.

Combate a los botellones

El objetivo prioritario de la medida, y así lo han admitido los principales responsables del gobierno catalán, es combatir los botellones y fiestas organizadas en el espacio público una vez cierran los locales. De hecho, desde este jueves está en vigor la restricción que obliga a cerrar todas las actividades de ocio, cultura, ocio y deporte en las 00.30 de la noche.

Con la limitación de la movilidad nocturna, dice el decreto publicado, "se pretende reducir las interacciones sociales que se producen en horario nocturno dado que estas son las más frecuentadas por las franjas de edad con mayor incidencia de la enfermedad". El Gobierno parte de la base que "las restricciones sobre los establecimientos del ocio nocturno puede comportar que los espacios de interacción social se desplacen a espacios públicos donde se agrupan personas sin distancia interpersonal y sin mascarilla porque se consume, que es la actividad conocida como botellón. Estos espacios, aunque estén al aire libre, también se convierten en foco muchos diseminadores, especialmente cuando la incidencia de contagios es muy alta, como a Catalunya, y las posibilidades que interactúen personas contagiadas asintomáticas es elevada".

Cuando Pedro Sánchez impuso el toque de queda a través del estado de alarma en octubre del año 2020, la duración inicial prevista era de quince días. Finalmente se acabó alargando seis meses y medio, hasta el pasado 9 de mayo. 

En la imagen principal, un control durante el toque de queda. / S. Alcàzar