Hacía muchos días que los alcaldes de la zona lo exigían. Y finalmente hoy el Gobierno ha publicado en el BOE la orden por la cual se otorgará la baja por incapacidad temporal a los trabajadores de la Conca d'Òdena, territorio confinado desde antes de la implantación del estado de alarma. La norma será aplicable tanto para los que viven dentro de los cuatro municipios afectados —Igualada, Santa Margarida de Montbui, Vilanova del Camí y Òdena— y tienen que salir para trabajar, como para los que vienen de fuera para ir al trabajo. Eso sí, sólo servirá para los que prestan servicios esenciales. 

La medida tendrá efectos retroactivos, es decir, que la baja tendrá vigencia desde el día que se decretó el confinamiento, el 13 de marzo. El texto publicado en el BOE no menciona explícitamente ninguno de los municipios afectados, pero expresa: "Con carácter excepcional, y con efectos desde el inicio de la situación de confinamiento, y mediante el correspondiente comunicado de baja, se extenderá esta protección a aquellos trabajadores obligados a desplazarse de localidad y tengan obligación de prestar los servicios esenciales a los cuales se refiere en el Real decreto ley 10/2020, siempre que se haya acordado el confinamiento de la población donde tenga su domicilio y le haya sido denegada de forma expresa la posibilidad de desplazarse por la autoridad competente, no pueda realizar su trabajo de forma telemática por causas no imputables a la empresa para la cual prestara sus servicios o al propio trabajador y no tenga derecho a percibir ninguna otra prestación pública".

Según establece la nueva directriz, todos los trabajadores afectados tendrán que acreditar a través de un certificado que tendrá que expedir su ayuntamiento que tienen prohibido desplazarse. Aparte, también tendrán que demostrar que no tienen manera de prestar su servicio por vía telemática con un documento o declaración responsable de la empresa o administración pública para los que trabajen.