Realizar una consulta de autodeterminación entra dentro de la libertad de expresión y, por lo tanto, la ley no lo puede perseguir. Al menos así lo entiende el juez del Tribunal Superior de Perpinyà, que se ha declarado incompetente ante la petición de disolver el Comité para la Autodeterminación de Catalunya Nord.

Con esta decisión, avanzada por France Bleu, se desautoriza la pretensión de Josiane Chevalier, anterior prefecta del Departamento de los Pirineos Orientales, que el año 2014 impulsó una campaña en los tribunales para conseguir la disolución de esta asociación soberanista.

El tribunal considera que la consulta de autodeterminación es un ejercicio de libertad de expresión, por eso la resolución deniega su disolución y obliga al Estado francés a pagar los 1.500 euros correspondientes a los costes del proceso. Ahora, si la prefectura quiere continuar el procedimiento tendrá que llevar el caso al Consejo de Ministros, que todavía podría decidir la disolución de esta organización.

La decisión del tribunal perpiñanés contrasta con los puntos de vista de la justicia española, que mantiene un proceso contra Artur Mas, Irene Rigau y Joana Ortega por la organización de la consulta popular del 9 de noviembre del 2014, donde una clara mayoría de los votantes se decantaron por la constitución de un Estado independiente en Catalunya.

Posible referéndum el año 2017

Por su parte, el Comité para la Autodeterminación de Catalunya Nord mantiene su intención de organizar la consulta el próximo año, con la idea de hacerlo coincidir con un eventual referéndum en la Catalunya Sur.