El Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) ha publicado este sábado una resolución que recoge las nuevas medidas aprobadas por el Procicat y que entrarán en vigor el lunes. Estas medidas prevén la apertura de centros comerciales, el confinamiento comarcal de fin de semana y que los equipamientos de artes escénicas y musicales, y los actos religiosos y ceremonias civiles, puedan acoger hasta 1.000 personas sin superar el 50% del aforo. En estos últimos casos, la resolución establece que tendrán que presentar una declaración responsable donde se informe de las características del sistema de ventilación y de los controles de acceso. La resolución también detalla las condiciones de ventilación y de accesos a los equipamientos.

La resolución explica que la flexibilización de medidas se sustenta en un informe del director de la Agència de Salut Pública de Catalunya que pone de manifiesto una "estabilización" de la velocidad de propagación del virus y "una tendencia a la disminución persistente" en los ingresos en los hospitales, hecho que permite "una mayor actividad social y económica" y levantar algunas de las restricciones hasta ahora vigentes.

Con la resolución publicada en el DOGC, se flexibilizan restricciones que afectan a centros comerciales, actividades de artes escénicas y musicales, actos religiosos y ceremonias civiles, pero con condiciones para reforzar la ventilación de los espacios y establecer controles de accesos y movilidad, que el DOGC concreta en dos anexos.

Con respecto a las condiciones de ventilación, la resolución establece que se tiene que mantener la ventilación durante todo el tiempo de apertura al público del local, y se recomienda hacerlo dos horas antes y después. Visto el riesgo de contagio de covid-19 en espacios, la resolución fija que hay que garantizar una ventilación de aire de óptima calidad, fijada por el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) en 20 litros por segundo y persona. También abre la puerta a incorporar purificadores de aire con filtros para mejorar la calidad del aire.

La ventilación, además, se tendrá que complementar con medidas de control de los accesos y la movilidad interna para evitar aglomeraciones en el caso de aforos superiores a 500 personas. Así, se pide dimensionar los accesos; incrementar puntos de acceso y salida; instalar dispensadores de gel hidroalcohólico; disponer de personal de control en los accesos y salidas; identificar con claridad las vías de acceso y de salida y diferenciar los circuitos de acceso y salida; prever medidas de circulación de los asistentes que eviten aglomeraciones, y priorizar circuitos en sentido único en la movilidad interna, señalizándolos.

En el caso de los actos culturales y salas con público, la resolución pide que la apertura de puertas se realice con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado y fijar franjas horarias adecuadas para el acceso; prever el orden de las hileras en la secuencia de entrada y salida de los espacios; disponer de personal de control en accesos y salidas de los espacios donde se acomoda al público; llevar un registro de los asistentes y la preasignación de localidades; establecer espacios sectorialitzados con control y flujo de acceso y salida independiente; evitar las pausas o entreactos; hacer la salida del público de forma escalonada por zonas, y no permitir la interacción física entre artistas y público.

Con respecto a los centros comerciales, permite la apertura a partir del lunes, a pesar de que con un aforo máximo al 30% y siempre que "se garantice una buena ventilación de los espacios cerrados mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación". La reducción del aforo se tendrá que aplicar tanto en los establecimientos y locales comerciales como las zonas comunes y de paso de los centros comerciales.

En cambio, se excluyen de esta limitación –cómo lo estaban del cierre- los establecimientos dentro de los centros comerciales dedicados a alimentación, bebidas, productos higiénicos u otros productos de primera necesidad. Con respecto a equipamientos culturales y deportivos dentro de los centros comerciales que hasta ahora podían estar abiertos, ahora quedan sujetos a lo que se establece para el resto de la actividad cultural y deportiva. Además de la ventilación, los centros comerciales tendrán que establecer sistemas de control de aforo y flujos en los establecimientos, y también en los accesos, incluidos los aparcamientos. Además, queda restringido el acceso y el uso de las zonas recreativas, como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso.

La resolución mantiene la limitación del aforo al 50% con un máximo de 500 personas para actividades culturales escénicas y musicales (incluidas las salas de conciertos), pero lo amplía hasta 1.000 personas, sin superar la mitad del aforo, cuando se desarrollen al aire libre o en espacios cerrados que cumplan las condiciones de ventilación y calidad del aire, y las medidas de control de aglomeraciones, que establece la resolución.

En este último caso, los titulares de las actividades tendrán que presentar una declaración responsable en el Departament de Cultura y en el ayuntamiento del municipio donde se ubique el espacio de la actividad previamente, donde se tendrá que informar de las características de los sistemas de ventilación y la calidad del aire, y los controles de accesos y movilidad. La declaración tendrá que incluir la empresa o personal de mantenimiento habilitado, para garantizar que el espacio "dispone de una ventilación adecuada" a los criterios establecidos en la resolución.

Con respecto a actos religiosos y ceremonias civiles, que hasta ahora tenían que limitar la asistencia al 30% del aforo, la resolución mantiene este porcentaje, pero añade que tendrán que tener un número máximo de 500 personas y garantizar la buena ventilación de los espacios, sea de manera natural o con otros sistemas de ventilación. Además, también podrán abrir, respetando el 30% de aforo, con un máximo de 1.000 personas, si las actividades se desarrollan "de forma estática, al aire libre o bien en espacios físicos cerrados que cumplan con las condiciones de ventilación y calidad del aire" y que se garanticen las medidas de control de aglomeraciones.

Igual que con la Cultura, en el caso de los actos religiosos o ceremonias civiles, los titulares de las actividades tendrán que presentar una declaración responsable en este caso al departamento competente en materia de asuntos religiosos y al ayuntamiento del municipio donde se ubique la actividad previamente. En esta declaración se tendrá que incluir la misma información que se pide en el sector cultural.

El texto incorpora el confinamiento comarcal desde las seis de la mañana del viernes hasta las seis de la mañana del lunes, de manera que los ciudadanos se podrán mover por toda la comarca y no sólo dentro de su municipio, como en las últimas semanas.

La resolución publicada en el DOGC este sábado mantiene el resto de restricciones, como las que afectan al sector de la hostelería, el toque de queda de diez de la noche en seis de la mañana, el confinamiento perimetral de Catalunya, las restricciones en el comercio detallista o las que afectan actividades docentes y de ocio educativo.