Sin sorpresa. El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado, este martes, anular la inhabilitación a cargo público por la condena del 1-O al secretario general de Junts, Jordi Turull; al líder de ERC, Oriol Junqueras, y a los exconsellers republicanos Dolors Bassa y Raül Romeva. El órgano de garantías aplazó quince días esta resolución, con el fin de unificar criterio, y ahora ha respondido que no les mantiene la inhabilitación hasta los años 2030 y 2031, impuesta por el Tribunal Supremo, hasta analizar a fondo si les aplica la amnistía en el delito de malversación.
Los abogados de los líderes de Juntos y ERC pidieron al Constitucional -en tres recursos- que les aplicara la medida cautelar de levantarles la inhabilitación porque la insistencia del Supremo que no les quiere aplicar la ley del olvido penal, en vigor desde el verano del 2024, "vulneran varios derechos fundamentales, entre otros, el derecho a la tutela judicial efectiva, a la legalidad penal y a la participación política". No obstante, el Tribunal ha acordado "no suspender la ejecución de la pena" de inhabilitación al asegurar que "no hay un perjuicio irreparable que pudiera hacer perder al amparo su finalidad".
Respuesta antes de cinco años
Además, el Constitucional justifica su negativa, asegurando que responderá su caso antes que finalice su inhabilitación. En concreto, en un comunicado el TC afirma: "El pleno toma en consideración la larga duración de la inhabilitación absoluta impuesta a cada recurrente en sentencia, de doce y trece años, el tiempo pendiente de cumplimiento, superior a cinco años, el plazo previsible en el que se resolverán los amparos, manifiestamente inferior, así como la imposibilidad de adoptar en esta fase del procedimiento constitucional, conforme a reiterada doctrina constitucional, un juicio anticipatorio del fundamento de la pretensión deducida."
La obstinación del Supremo
Al aprobarse la ley de la amnistía, el Tribunal Supremo no la quiso aplicar a los cuatro condenados por malversación del 1-O, ni tampoco a las tres pendientes de juzgar por el 1-O: el president en el exilio, Carles Puigdemont, y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig. El alto tribunal español con una argumentación forzada -según varios juristas- aseguró que no les podía aplicar la amnistía porque la ley excluye que se pueda perdonar a un condenado si ha obtenido un enriquecimiento personal. En este caso, el Supremo sostiene que los líderes de Junts y ERC se enriquecieron porque organizaron el 1-O con fondos públicos y no de su bolsillo.
El TC tampoco admitió la medida cautelar de levantar la orden de detención en el Estado español, que le pidieron Puigdemont y los dos exconsellers, antes de resolver si les aplica la amnistía.
Ahora, habrá que ver qué interpretación hace el Constitucional sobre la malversación del 1-O, después de validar el conjunto de la norma, pactada por el PSOE con los grupos independentistas. También será clave la respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que el Supremo les aplique la amnistía, finalmente.