Rapidez excepcional. El Tribunal Constitucional (TC) ha comunicado este miércoles la sentencia, que aprobó justo el martes y que avala la amnistía de la malversación del 1-O a la exconsellera republicana Dolors Bassa. Se la ha comunicado a Bassa y al Tribunal Supremo, que es quien debe aplicarla ahora a todos los líderes políticos condenados. Ha sido excepcionalmente rápido porque habitualmente el TC primero comunica el fallo y semanas después la sentencia con el texto completo. El órgano de garantías tiene prisa, incluso los cinco magistrados conservadores que ya han completado su voto particular en contra, que son los que faltaban incorporar, según fuentes jurídicas que aseguraban que se comunicaría la resolución completa en un máximo de dos semanas. Se afirma que la judicatura conservadora no quiere poner más palos en las ruedas para el regreso del president en el exilio, Carles Puigdemont, y más ahora que el presidente del Gobierno ha adelantado las elecciones al 29 de noviembre.
La sentencia definitiva del Constitucional (aprobada por los siete magistrados progresistas) recoge correctivos jurídicos dirigidos a la sala penal del Tribunal Supremo, que es quien debe rehacer la resolución sobre Bassa. El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, es el ponente de la resolución que sostiene que el alto tribunal español ha vulnerado derechos de la exconsellera al hacer una interpretación "extensiva" de la norma del olvido penal. Con esta sentencia, el Supremo ya podría modificar también las resoluciones de los líderes condenados por malversación: el secretario general de Junts, Jordi Turull; el líder de ERC, Oriol Junqueras, y el exconseller Raül Romeva.
El juez instructor del 1-O, Pablo Llarena, también puede estudiar la sentencia para aplicarla a los exiliados. De momento, el martes, minutos después de saber el aval del TC a la amnistía, levantó la orden de detención en el Estado español de Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig. No obstante, aclaró que no era una decisión definitiva y que "no les aplicaba la amnistía", hasta leer el contenido de la resolución.
"Falta de coherencia"
En la resolución, de 67 páginas, el Constitucional sostiene que la sala de lo penal del Supremo, entonces presidida por el magistrado Manuel Marchena (actualmente dirigida por Andrés Martínez Arrieta), en su negativa a amnistiar la malversación de Bassa "excede" los límites de la interpretación de la norma y tiene "una falta de coherencia", hecho —añade— que vulnera su derecho a tutela judicial efectiva, "en conexión" con el derecho de participación política y del derecho a la legalidad penal, como denunciaba su abogado, el penalista Mariano Bergés.
El Supremo aseguró que Bassa, Junqueras, Turull y Romeva no pueden ser amnistiados porque se enriquecieron personalmente con el 1-O, que es un motivo de excepción fijado por la ley. El TC le recuerda que la excepción se fijaba en el concepto de la corrupción, del enriquecimiento y que la ley orgánica 1/2024 "no reescribe cien años de jurisprudencia", como se quejaba la Sala de lo Penal del Supremo sobre el delito de malversación, sino que lo aplica en un contexto concreto.
El órgano reitera que ya validó la ley de amnistía, en 2025, al considerar que es potestad del legislador perdonar unas acciones delictivas con una finalidad, en este caso para buscar la "convivencia social" ante el proceso de independencia de Catalunya. Añade que la ley no borra delitos, sino que hace archivar los casos delictivos relacionados con el procés y en un tiempo temporal concreto. También reproduce las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que sostienen que es potestad de los Estados hacer leyes de amnistía, y que no se perjudicaron fondos europeos con el 1-O.
En cuanto al delito de malversación, el Constitucional acusa al Supremo de "falta de coherencia" en su interpretación. Primero, asegura que el Supremo no tiene en cuenta la "conexión causal" fijada por la norma: malversar fondos públicos para la organización del 1-O. Añade que después hace un salto interpretativo sobre la voluntad de Bassa y los otros líderes de no gastar dinero de su bolsillo. "Las resoluciones judiciales no solo han incurrido en una interpretación imprevisible de los preceptos aplicables, sino que, además, al apartarse de la finalidad de la ley de amnistía, no han mantenido el nexo de coherencia necesario entre la decisión adoptada, la norma que le sirve de fundamento y los fines que justifican la institución de la amnistía", concluye el Constitucional. En conjunto, el reproche jurídico del Constitucional al Supremo es bastante técnico y se ha rebajado la crítica inicial que recogía el borrador de Conde-Pumpido.
Por todo ello, el Constitucional considera no ajustadas a derecho las resoluciones del 1 de julio y de 30 de septiembre de 2024 del Supremo, que ahora las deberá interpretar y hacer una nueva resolución para Bassa y el resto de condenados por malversación.
"Suplanta el Supremo"
Por el contrario, los cinco magistrados conservadores afirman, en el voto particular conjunto, que el Constitucional está "suplantando" las funciones del Tribunal Supremo "en el rol de intérprete de la legalidad ordinaria". Además, los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y José María Macías califican de "injustificada desmesura los calificativos sobre la motivación del Supremo", además de criticar "la heterodoxa metodología" usada para analizar y admitir el recurso de amparo de la exconsellera Bassa.