La magistrada del juzgado de primera instancia nº 3 de Huesca ha dictado esta mañana un auto en el cual se acuerda iniciar la tramitación de las diligencias abiertas en su día contra los dos últimos titulares del Departament de Cultura de Catalunya, el exconseller Santi Vila y el conseller Lluís Puig, por si los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un posible delito de desobediencia y/o delito de prevaricación administrativa.

Después de estimar el recurso presentado por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, y teniendo en consideración los informes presentados por la Fiscalía del Tribunal Supremo y la Fiscalía Provincial oscense, la magistrada ha acordado iniciar la instrucción de la causa pero descarta continuar la investigación judicial por un posible delito de apropiación indebida, tal como solicitaba el abogado del consistorio.

El Tribunal Supremo archivó la denuncia contra los dos políticos porque ya no son aforados. Sin embargo, el juzgado 3 oscense, en su auto de este miércoles, pide al Parlament de Catalunya que informe si Lluís Puig es diputado o no, ya que si lo fuera, este juzgado no tendría competencia para la instrucción de la causa contra él.

Denuncia en los juzgados oscenses

El abogado de Villanueva de Sijena, pues, presentó la denuncia a los juzgados oscenses y estos ordenaron el sobreseimiento provisional el 29 de diciembre del 2017 porque no se habían adjuntado los documentos que acreditaban los hechos junto con la denuncia. Villanueva de Sijena recurrió el 11 de enero aportando la documentación requerida y el juzgado de instrucción 3 oscense ha aceptado este miércoles el recurso y acuerda, así, seguir con la investigación.

La denuncia por desobediencia se presentó el 25 de septiembre contra los dos consellers (a Vila también se lo denunciaba por prevaricación) porque todavía no habían entregado las 44 piezas de arte del monasterio de Sijena que estaban depositadas en el Museo de Lleida y que eran objeto de la ejecución provisional de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 oscense. La Sala del Supremo pidió a la fiscalía que evaluara tanto su competencia como el contenido de la denuncia como paso previo a la admisión de la misma y la fiscalía, con fecha de 10 de octubre del 2017, se pronunció favorablemente a la denuncia.

Según la fiscalía, había indicios para acusar de desobediencia a los dos consellers por "haberse negado abiertamente al cumplimiento de las resoluciones judiciales que los obligaban a entregar las 44 obras de arte del Museo de Lleida a Sijena". También consideraba que se podía acusar de prevaricación a Vila porque el 18 de abril del 2017 "se negó a cumplir las órdenes judiciales" porque, según alegó, "no se podía disgregar la colección del Museo de Lleida y no se podía hacer sin su autorización".

En el escrito que el ministerio público hizo llegar al TS, se recogía que había habido desobediencia expresa al menos en tres ocasiones. Por parte del conseller Santi Vila, en del plan de transporte del 20 de julio del 2016 y la entrega de las piezas el 25 de julio del 2016 y el 8 de noviembre del 2016. Y por parte del conseller de Cultura Lluís Puig, del plan de transporte el 25 de julio del 2017 y de la entrega de las piezas el 31 de julio, "aunque en los dos se los informó de las responsabilidades penales que estas omisiones podían comportar", recordaba. La fiscalía, en cambio, consideraba que no había tampoco entonces suficientes pruebas para acusar a los consellers de apropiación indebida.