Castigado. La titular del juzgado de lo Penal 2 de Mataró ha condenado a un vecino del Masnou a 1 año y 3 meses de prisión por un delito contra el medioambiental en la modalidad de contaminación acústica por haber afectado a sus vecinos -una pareja con sus padres mayores- con música electrónica con un volumen "ensordecedor". En la sentencia, la magistrada también castiga al vecino a indemnizar a la pareja con un total de 18.000 euros (en un caso, a los herederos) por haber sufrido este exceso de ruido desde el 2012; además de pagar una multa de 2.160 euros, y no poder ejercer una profesión relacionada con la música electrónica durante un año y seis meses. La acusación particular reclamaba que también fuera condenado por lesiones imprudentes, pero la magistrada lo ha descartado al considerar que no se han detallado, aunque uno de los miembros de la familia fue medicado por afectación del sueño. La Fiscalía de Medio Ambiente de Barcelona también ha ejercido la acusación contra este ciudadano.

En la sentencia, a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat, la magistrada Lucía Avilés expone que la familia presentó una querella contra este vecino incívico en el 2015, y que se amplió varias veces. También sostiene que la conducta del acusado, Jordi, fue "persistente y consciente", porque los vecinos manifestaron en el juicio que primero intentaron hablar con él para que no pusiera la música tan alta porque les molestaba y hacía vibrar las paredes de su vivienda, que tenían a tocar. "Era un bum, bum constante," "música máquina y matxacona", dijeron que escuchaban los vecinos a todas horas de la mañana y de la noche.

Un ruido por encima del permitido

En el juicio, también declararon agentes de la Policía Local del Masnou, que certificaron que desde el 2015 al 2017 habían recibido denuncias por ruidos y haber ido a la casa del acusado, que no les abría nunca, pero certificaban el ruido insoportable y constante de la música. Se detalla que el Ayuntamiento pidió a la Diputación de Barcelona hacer pruebas de sonometría, y que se superaron lo legalmente permitido. Así, el límite legal permitido por las mañanas es de 35dB (A), y en el control de la casa de los afectados salió 56 dB (A), medida que también salió en el control de la noche, franja que el límite permitido de ruido es de 30dB (A).

En la resolución, la magistrada hace referencia a reciente jurisprudencia, como la del Tribunal Supremo, que considera la contaminación acústica como "un ataque a la salud física y psíquica" de las personas y ante la conducta del acusado, lo condena a una pena de prisión, aunque, inicialmente, no implica su entrada a un penal.