Castigo contundente. La Audiencia de Barcelona ha condenado a 7 años de prisión a un cabo y un agente de los Mossos de Esquadra, y a otros dos agentes, a penas menores, por la detención de un joven en el barrio de Ciutat Vella, en el 2020. En concreto, la sección 7.ª de la Audiencia condena, tal como pedía la Fiscalía, a un cabo y un agente por los delitos de lesiones, contra la integridad moral, detención ilegal y falsedad documental por haber falseado un atestado policial en el cual se acusa al chico detenido de insultarlos y agredirlos. Además, condena a un tercer agente a 3 años de prisión por falsedad documental; y al cuarto, a un año de prisión por un delito contra la integridad moral. Finalmente, impone a los agentes que indemnicen al joven detenido con más de 14.000 euros por las lesiones en los dientes y daño moral. La sentencia no es firme y ahora se puede presentar recurso ante la sala de apelaciones del TSJC.

En la sentencia, difundida este lunes y avanzada por el Món, la sección 7.ª de la Audiencia de Barcelona es muy contundente y afirma que el uso de la fuerza realizado por los agentes fue "innecesario, excesivo y, por lo tanto, desproporcionado". Y añade: "No había necesidad de recorrer a la fuerza que se utilizó contra él ni detenerlo porque no había cometido ningún delito, antes había sido víctima de una agresión por parte de uno de los agentes. Por lo tanto, los agentes se extralimitaron en el ejercicio de sus funciones y no actuaron en cumplimiento de un deber, su deber era proteger a estas personas y no agredirlas."

Los hechos pasaron la madrugada del 13 de noviembre de 2020. El caporal abofeteó la cara del chico, que iba con unos amigos en una calle del Raval, y fueron parados por la policía, al superar la hora del toque de queda de la pandemia. El chico reprochó al caporal que no persiguiera un hombre que les había quitado 5 euros. Después de la bofetada, el caporal lo echó al suelo y se le pusieron encima dos agentes más. “La provocación no es suficiente para generar esta respuesta policial”, concluye el tribunal.

La Audiencia de Barcelona también valida como prueba legal el video que grabó una vecina, en el cual se ve toda la actuación policial, y considera que la mujer aportó la grabación a la policía catalana, y, por tanto, no hay dudas sobre su autenticidad ni de la cadena de custodia del material.

 

Tolerancia cero

La acusación particular y la popular, ejercida por la abogada Laura Media d'Irídia, pedía hasta 15 años de prisión y 22 años de inhabilitación a cargo público para los cuatro agentes de los Mossos. En la vista, el fiscal solo propuso la rebaja de un año de prisión al aplicar la atenuante de reparación del daño solo en el delito de lesiones, porque los acusados pagaron al inicio del juicio los 3.400 euros para la víctima, como pedía la Fiscalía, aunque la abogada del chico reclama 30.000 euros.

Irídia ha calificado como muy positiva la sentencia: "la respuesta penal contundente y a la altura de la gravedad de los hechos, da un mensaje de tolerancia cero ante una práctica inaceptable como es la de detener ilegalmente y falsear el atestado para justificar maltrato policial."

Por el contrario, los abogados del cabo y de los tres agentes piden su absolución al considerar que su actuación fue correcta, y que es la que se enseña en la escuela judicial. Los cuatro agentes continúan en activo, y el Departament de Interior les abrió expedientes y los apartó de la zona a la espera del procedimiento penal.