¿Vives fuera de Catalunya? ¿Estarás en el extranjero el domingo 28 de mayo de 2023, coincidiendo con la celebración de las elecciones municipales? Si estás empadronado en el Estado español o estás registrado como residente en el extranjero en la oficina consular, eso es todo lo que tienes que saber para poder votar desde el extranjero. Tal como indica la Generalitat de Catalunya en su web oficial, hay tres escenarios posibles para los catalanes que se encuentren en el exterior y, para ellos, diferentes maneras de poder ejercer el derecho al voto. Además, este año hace falta tener en cuenta algunos cambios y novedades, como la eliminación del voto rogado-- que supone que no se tiene que solicitar días antes para poder votar-- la descarga de las papeletas de manera telemática y la ampliación del plazo para depositar el voto en la Oficina Consular.

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📆 Calendario de las Elecciones Municipales 2023 en Catalunya: cuando son, fechas clave y candidatos
 

📩 Voto por correo en las elecciones municipales 2023: plazos y todo lo que tienes que saber
 

Votar en las elecciones municipales 2023 si vives permanentemente en el extranjero

En primer lugar, están los ciudadanos que residen de manera permanente en el extranjero que están dados de alta en los consulados españoles y, por lo tanto, que constan inscritos al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Estas personas no pueden votar en las municipales, pero sí que lo podrán hacer en las generales y autonómicas que también se celebran este año. Si el ciudadano residente en el exterior está inscrito en el censo electoral, entonces le llegará la papeleta a su residencia del extranjero, aunque también la podrá imprimir telemáticamente. Para enviar el voto, lo podrá enviar por correo a la oficina consular pertinente o lo podrá depositar físicamente en el consulado entre el octavo y el tercer día anterior a las elecciones.

En caso de que el ciudadano CERA se encuentre momentáneamente en Catalunya, podrá solicitar el voto anticipado por correo. Esta modalidad de votación se podrá pedir a partir del día que el rey Felipe VI firme el decreto de convocatoria de elecciones. Previamente, el día 28 de marzo, el Consejo de Ministros aprobará la convocatoria y la hará llegado al monarca que, previsiblemente, la firmará el día 3 de abril. Así pues, a partir del próximo 3 de abril los ciudadanos ya pueden pedir el voto por correo y lo podrán tramitar hasta 10 días antes de la celebración de los comicios, por lo tanto, hasta el 18 de mayo.

Voto para residentes temporalmente en el exterior en las elecciones municipales 2023

Las personas que vivan temporalmente al exterior o que se encuentren momentáneamente en medio del proceso electoral, pero que mantienen el empadronamiento en Catalunya, pueden participar en todos los comicios, aunque lo tienen que solicitar previamente. El impreso de solicitud se facilitará por los consulados y las embajadas en el momento de la convocatoria de elecciones, así como a la web que el Ministerio del Interior español habilite.

El elector tendrá que estar inscrito en el Registro de Matrícula Consular como no residente. Los dos trámites (solicitud e inscripción) pueden hacerse a la vez. Una vez proclamadas las candidaturas y finalizado el plazo de recursos, la Oficina del Censo Electoral le enviará toda la documentación necesaria para poder votar y podrá enviar el voto por correo certificado a su mesa electoral. Será indispensable que conste claramente en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial que certifique que el voto se ha remitido al plazo previsto, indica la web de la Generalitat.

Voto anticipado por correo en las elecciones municipales 2023

En caso de que solo tengas que estar fuera unos días, la opción más fácil es el voto anticipado por correo. El interesado en votar anticipadamente por correo se tendrá que dirigir a cualquier oficina de correos con el fin de obtener el impreso de solicitud de voto que tendrá que entregar en la misma oficina, junto con el DNI original. Una vez presentada la solicitud, los servicios de correos notifican la presentación en la Oficina del Censo Electoral, que procede a hacer la anotación a las listas del censo electoral, de manera tal que el solicitante pierde el derecho de voto presencial el día de las elecciones.

La Oficina del Censo Electoral envía la documentación electoral correspondiente por correo certificado al domicilio indicado por el interesado. Una vez recibida la documentación, se escogerá una papeleta de votación para cada proceso en que hayas decidido votar y habrá que introducirla al sobre votación correspondiente. Introduce el sobre o sobras de votación y el certificado de inscripción al censo en el sobre donde está escrita la dirección de tu mesa electoral. Una vez esté todo preparado, el votante tendrá que ir a la oficina de Correos y lo enviará por correo certificado hasta 4 días antes de la jornada electoral. Este envío es gratuito.