La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha rechazado este lunes el recurso presentado por la diputada del PP Cayetana Álvarez de Toledo contra la decisión de la presidenta del Congreso de Diputados, Meritxell Batet, de retirar del Diario de Sesiones la expresión "hijo de un terrorista", que utilizó la miembro del PP durante un pleno en el 2020 para referirse al exvicepresidente del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias. El TC, sin embargo, ha desestimado este recurso por unanimidad al considerar que la decisión de Batet era razonable.

El Tribunal Constitucional ha detallado que la presidenta del Congreso no actuó de manera "arbitraria ni discriminatoria" al retirar las palabras del diario de sesiones porque "la palabra terrorista posee una denotación peyorativa de la máxima intensidad" y, según el tribunal, se utilizó para desacreditar a una persona. De esta manera, los magistrados han aceptado la ponencia redactada por César Tolosa, que defendía rechazar la impugnación dirigida contra la decisión de Batet de aquel 27 de mayo del 2020 y contra el posterior acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de 16 de junio.

El día que Álvarez de Toledo dijo "hijo de terrorista" a Iglesias

Cayetana Álvarez de Toledo utilizó esta expresión en medio de una disputa parlamentaria que tuvo lugar durante una interpelación en un pleno del Congreso. Pablo Iglesias se dirigió a Álvarez de Toledo como "señora marquesa", en referencia al título nobiliario que ostenta, y esta respondió al que era vicepresidente del Gobierno diciendo que él era "el hijo de un terrorista". "A esta aristocracia pertenece usted, a la del crimen político", añadió Álvarez de Toledo durante su intervención. La presidenta del Congreso reclamó a la exportavoz parlamentaria del PP que retirara las palabras del diario de sesiones, pero Álvarez de Toledo se limitó a responder que el padre de Iglesias "era militante del Frente Revolucionario Antifascista y Patriota". Ante la negativa, Batet acordó sacar la expresión del diario de sesiones.

Por su parte, Iglesias anunció, en su réplica, que recomendaría a su padre que emprendiera acciones legales contra la que era portavoz del PP por acusarlo públicamente de terrorista. Y así lo hizo, demandando Álvarez de Toledo por una "intromisión ilegítima" a su derecho al honor. Pero el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Zamora desestimó la denuncia el pasado mes de enero en entender que "tiene que prevalecer el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho al honor para resultar esencial como garantía para la formación de una opinión pública libre, indispensables para el pluralismo político que exige el principio democrático".