El nuevo —y esperado— portazo del Tribunal Constitucional en Catalunya ya sale publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El presidente español, Mariano Rajoy, ya corrió ayer a publicar la modificación de la ley de la Presidencia al Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) para después poder impugnarla en el Consejo de Ministros y facilitar así que el alto tribunal admitiera a trámite el recurso de su gobierno para que quedara automáticamente suspendida.

Con la seguridad y confianza que el president Carles Puigdemont no podrá ser investido a distancia, y siguiendo el procedimiento habitual, el BOE, como hace siempre, establece un plazo de 15 días para que la Generalitat y/o el Parlamento puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que crean convenientes", pero aquí llega la paradoja, que entra con la fuerza que ya se lleva aplicando desde la activación del artículo 155 de la Constitución española.

Después de dejar por escrito que se mujer este plazo para alegar, y justo al siguiente párrafo, clarifican: "Con la finalidad de evitar un conflicto en la defensa de los intereses del Estado y de la Comunidad Autónoma de Catalunya, se suspende el plazo para que el Gobierno de Catalunya pueda personarse y formular alegaciones, en tanto el Consejo de Ministros [...] ejerza las funciones y competencias que corresponden al Consejo de Govern de la Generalitat", es decir, que en caso de que alguien tenga que presentar algún tipo de sujeción al recurso del gobierno de Mariano Rajoy, quien lo haga tiene que ser precisamente del ejecutivo del PP.

 

El documento, además, advierte tanto al presidente del Parlament, Roger Torrent, como el resto de miembros de la Mesa de su deber de impedir que se produzca una investidura a distancia.