El auto del Tribunal Constitucional (TC) que se ha hecho público este jueves argumenta la decisión de anular el referéndum unilateral y el proceso constituyente asegurando que "no hay más legitimidad que la legalidad constitucional".

En el texto, el TC dedica una aviso directo al Parlament asegurando que "la autonomía parlamentaria no puede servir de pretexto para que la Cámara autonómica llegue hasta el extremo de atribuirse la potestad de vulnerar la orden constitucional".

El auto constata que el Parlament ha desatendido las "reiteradas advertencias" del tribunal y cree que la cámara catalana tiene una "antijurídica voluntad" de continuar el proceso constituyente "al margen del ordenamiento constitucional y sin supeditarse a las instituciones del Estado español".

Reitera que los representantes públicos están obligados a cumplir la Constitución, a la que "no puede oponerse una supuesta legitimidad democrática de un cuerpo legislativo o de una comunidad autónoma". "En una concepción democrática del poder no hay más legitimidad que la legalidad constitucional, ya que ésta se fundamenta en el respeto a la democracia y sus valores" sentencian.

El alto tribunal defiende que la resolución del Parlament tiene "efectos políticos y jurídicos" y que su contenido es "objetivamente contrario" a la Constitución. Concretamente las resoluciones anuladas son de la 1 a la 9, que hacen referencia a convocar un referéndum aunque no haya acuerdo con el Estado, y de la 13 a la 16 sobre el proceso constituyente.

Notificación personal

El tribunal anuncia que notificará la decisión personalmente a la presidenta del Parlament de Catalunya, a los miembros de la Mesa, al secretario general de la Cámara, así como al president de la Generalitat y a los otros miembros del Govern. En esta notificación, petición de la Abogacía del Estado, se les advertirá de la prohibición de llevar a cabo ninguna actuación para sacar adelante el referéndum, bajo posibles "responsabilidades, incluida la penal" en caso de desobedecerlo.

El tribunal acepta que "no tiene competencia" para decidir si los cargos catalanes cometen o no alguna infracción penal. Sin embargo, avisa de que sus actuaciones podrían ser llevadas a la Fiscalía para que, "si lo considera pertinente", promueva acciones penales.

Efectos jurídicos inmediatos

Según el auto, la resolución "contraviene y menoscaba" los anteriores pronunciamientos del tribunal ya que "plasma la voluntad del Parlament de Catalunya de eludir los procedimientos de reforma constitucional para llevar adelante su proyecto político de desconexión del Estado español", vía "incompatible con el Estado social y democrático de Derecho".

El contenido de la resolución impugnada son "directrices claras y concretas dirigidas al propio Parlament y al Govern de la Generalitat" que incluyen los preparativos de un referéndum sobre la independencia y que, "si no se anulan, producirán efectos jurídicos inmediatos", explica.

El tribunal recuerda al Parlament que "la comunidad autónoma de Catalunya" no puede celebrar consultas que incidan "sobre cuestiones fundamentales resueltas con el proceso constituyente".