La sección segunda de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha hecho públicas las resoluciones a través de las cuales desestima los recursos de las defensas de Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, que pedían que se levantara la medida cautelar de la prisión incondicional.

La decisión se tomó el viernes, pero hasta hoy no se han explicado los argumentos de la decisión, que se concretan, básicamente, en el riesgo de huida y de reiteración delictiva. La decisión no se ha acordado por unanimidad ya que uno de los cinco magistrados ha emitido un voto particular. José Ricardo de Prada argumenta que la prisión incondicional es una medida cautelar "innecesaria, no idónea y desproporcionada".

En el escrito, el magistrado asegura que no se ha motivado "suficientemente" por qué se desestiman los recursos de las defensas y apunta que la prisión incondicional es una medida cautelar "innecesaria, no idónea y desproporcionada".

"Considero que no se exponen razones detalladas convincentes sobre los riesgos procesales", apunta el magistrado. De Prada subraya también que existen "fuertes elementos de arraigo", que Sànchez y Cuixart se han presentado "puntualmente a todas las citaciones judiciales" y tampoco cree que haya riesgo de destrucción delictiva ni de reiteración. Por eso, cree que habría que aplicarlas otras medidas cautelares alternativas, como la vigilancia o la prohibición provisional de practicar de determinadas actividades.

Según la Audiencia Nacional, el hecho de que el president Puigdemont y cuatro consellers estén en Bélgica supone una "potenciación" del riesgo de huida, ya que les supondría "más fácil encontrar refugio entre ellos si deciden abandonar España". Además, también apunta que hay "escasas garantías" de que, si los dejan en libertad, "no sigan con la misma actitud de abierto enfrentamiento no pacífico que hasta el momento han venido mostrando".