La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional (AN) ha rechazado este martes la petición de la defensa del comisario José Manuel Villarejo que se lleve a cabo la práctica de determinadas pruebas, como la testifical del exdirector del CNI Félix Sanz Roldán, en el marco del recurso que tiene que estudiar este órgano contra la primera sentencia del denominado caso 'Tándem', que condenó al comisario a 19 años de prisión por las piezas Iron, Land y Pintor. En un auto, recogido por Europa Press, la Sala señala para los días 7 y 14 de mayo la deliberación de todos los recursos presentados contra la sentencia dictada por la Sección Cuarta el mes de julio pasado y rechaza además la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción de celebrar una vista 'ad hoc' para examinar estos escritos.

En su resolución, ponencia del magistrado José Ramón González Clavijo, el tribunal explica que en el recurso de Villarejo "no solos no se justifica la pertinencia y relevancia" de la declaración como testigo de Sanz Roldán, sino  que tampoco se consigue ver "qué conocimiento personal ha podido tener de los concretos hechos objeto de enjuiciamiento". Añade que "no se llega a ver la relación que puede guardar el CNI o su exdirector con las actividades llevadas a cabo por particulares o empresas en el marco de conflictos privados y respecto de los cuales no consta la afectación de intereses públicos o la intervención del citado organismo".

Tampoco Calvente o De Egea

En igual sentido se pronuncia la Sala de Apelación respecto del resto de testigos solicitados por Villarejo, el abogado José Manuel Calvente, quien fue coordinador jurídico de Podemos; el magistrado y antiguo instructor de esta causa Diego De Egea; el comisario José Santiago Sánchez Aparicio y dos periodistas.

En cuanto a la petición de la Fiscalía de celebrar una vista debido a la complejidad de los recursos, la Sala rechaza este extremo porque su informe es "completo, exhaustivo y lo bastante claro" e incluye todos los pronunciamientos que recurre en cada una de las tres piezas, con especial referencia al soborno en dos de ellas. "Este Tribunal se considera lo bastante ilustrado sin que considere necesaria la celebración de vista", concluye.

Hace falta recordar que fue julio de 2023 cuando la Audiencia Nacional condenó al comisario Villarejo en la primera sentencia relativa a los encargos privados que realizó a través de su grupo empresarial, siendo todavía policía. El tribunal lo condenó por los delitos de revelación de secretos y falsedad documental, pero le absolvió del delito de soborno, clave en la macrocausa, al sostener que no ejecutó los trabajos "en el ejercicio de su cargo".