La Audiencia Nacional ha declarado nulo parte del IV acuerdo marco del sector de la estiba que establecía la subrogación forzosa del 100% de los trabajadores. Este acuerdo entre la patronal Anesco y sindicatos del sector, alcanzado en el 2017, permitió desbloquear las huelgas de estibadores. El texto garantizaba la subrogación de los trabajadores portuarios que formaban parte de las sociedades de gestión de estibadores antes de la reforma del sector aprobada en el 2017, que dio plena libertad de contratación.

En una sentencia hecha pública este martes, la Audiencia Nacional estima parte de la demanda de la patronal Asociación Estatal de Empresas Operadoras Portuarias (ASOPORT) contra la Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Barcos (ANESCO), la Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar o CCOO, entre otros.

En este sentido, anula, entre otros artículos, la disposición que obligaba a la subrogación. La sentencia considera que la obligación de subrogar genera "un grave perjuicio económico" en las empresas del sector y "una clara desventaja competitiva". Además, remarca que atenta contra "la libertad de contratación de las empresas"

Al detalle, según un comunicado publicado este martes, la Audiencia Nacional apunta que la obligación de subrogación que impone el IV Acuerdo Marco "coloca en las empresas incluidas en su ámbito personal y funcional en una posición desigual y de desventaja enfrente de nuevos operadores que no asuman una actividad de estiba preexistente en tanto que estos no están obligados a subrogar a los trabajadores".

estibadores huelga efeUna huelga de los estibadores del 2019 / EFE

En contra de la norma estatal y europea

Por otra parte, la sala de lo social de la Audiencia Nacional también valora que este acuerdo vulnera tanto la legislación estatal como europea. "La sentencia recuerda que en los últimos años se han sucedido una serie de hitos legislativos, normativos y jurisprudenciales en el sector de la estiba en España que han modificado el régimen de la estiba portuario y que han venido a incidir en la norma convencional estatal de este sector", se resalta en el comunicado.

Además, pone de manifiesto que contradice el Tratado de Fundación de la UE (TFUE) y las sentencias de Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) de 11 de diciembre de 2014 y 11 de febrero de 2021. "La Sala analiza uno a uno los artículos impugnados por los demandantes y considera que el primero de los examinados, el sexto es la 'plasmación escrita del acceso a un sistema monopolístico de la mano de obra' a través de las Organizaciones de Empresas de la Estiba (OEE), un sistema 'abiertamente anticompetitivo y expresamente declarado ilegal' por el TJUE", se destaca en el comunicado.

En el 2017, los estibadores salieron la calle después de que el febrero el Gobierno liderado por el PP aprobara un decreto ley para liberar las estibas de los puertos, las zonas de carga y descarga. Esta era una de las exigencias que se formulaban desde Europa, pero que provocó que los 6.100 profesionales del sector de los 46 puertos españoles salieran a la calle porque consideraron que, con eso, se perjudicaba sus condiciones laborales. Después de cuatro meses de manifestaciones, se llegó a este acuerdo, pero en el 2019 volvieron a manifestarse porque no se había cumplido con el pactado.

 

Imagen principal: Las grúas|grullas que utilizan a los estibadores en el Puerto de Barcelona / Europa Press