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El diputado de los Comuns en el Congreso Fèlix Alonso ha declarado este lunes como investigado ante el Tribunal Supremo por un presunto delito de prevaricación en relación con la adjudicación directa de contratos durante su etapa como alcalde de Altafulla, entre los años 2011 y 2019. También han sido citados a declarar por este caso como testigos los exconsellers Salvador Milà (ICV), cuya empresa fue contratada por el consistorio de Altafulla, y Joan Ignasi Elena, así como el exlíder de ICV, Joan Herrera. Alonso ha asegurado durante su declaración que los contratos se hicieron siguiendo criterios técnicos y sin consideraciones de "naturaleza política o partidista".

El alto tribunal abrió la causa el pasado abril por la adjudicación directa de contratos a la empresa Milà Advocats SLP y Sinergia Energia Dret i Medi Ambient SLP. El Supremo, que asumió este caso a raíz de la condición de diputado de Fèlix Alonso, considera que el entonces alcalde incurrió en una dinámica de contratación a través de la figura del contrato menor, con lo cual "eludía los requisitos de publicidad, permitía la adjudicación directa y posibilitaba una elección arbitraria de la adjudicación".

Crecimiento de Altafulla

La defensa de Alonso ha explicado en declaraciones recogidas por las agencias, que el diputado ha insistido en la legitimidad de las contrataciones que aprobó, y ha negado haber cometido irregularidades. Estas fuentes han detallado que durante este tiempo Altafulla había multiplicado su población aproximadamente por tres, por lo que el Ayuntamiento tuvo que hacer frente a "nuevas necesidades con una plantilla insuficiente y severamente limitada".

Este es el contexto que ha dibujado Alonso y en el marco del cual se produjo la contratación del exconseller de medio ambiente durante el tripartito Salvador Milà, al que ha descrito como "jurista de prestigio reconocido" y del despacho Sinergia, "integrado por profesionales especializados en urbanismo, derecho administrativo y medio ambiente".

El diputado ha defendido ante el tribunal que las contrataciones obedecían "exclusivamente a criterios de especialización técnica, experiencia profesional y confianza" y no a cuestiones políticas o partidistas.

Contratos menores

El Supremo abrió el caso al considerar que Alonso "presumiblemente para dar apariencia de legalidad y sabiendo que no lo era, acudió a una dinámica de contratación a través de la figura del contrato menor, con la que eludía los requisitos de publicidad". "Y permitía la adjudicación directa y posibilitaba una elección arbitraria del adjudicatario, en lugar de acudir al procedimiento correspondiente, a veces, incluso, sin acudir a ningún procedimiento, con lo cual, en principio, podemos considerar que hay indicios que apuntan a los elementos de un presumible delito de prevaricación administrativa", añadieron.