Mucho, y con razón, se habla del incumplimiento constitucional, claramente imputable al PP, en la no renovación de varios órganos constitucionales. Así, CGPJ, TC, Tribunal de Cuentas, Defensor del Pueblo y otros organismos de control creados por ley.

El PP se niega a renovar un CGPJ caducado hace más de 1000 días, alegando que el sistema de elección no respeta la independencia judicial, dado que el grupo judicial de doce miembros es escogido en última instancia por Las Cortes. Es una doble falacia que se desmonta empíricamente. Sin embargo, requiere una previa.

La previa: el CGPJ es el gobierno del Poder judicial, pero no es el Poder judicial. Dicho de forma sencilla: el CGPJ no dicta sentenciasSelecciona, forma, destina, promueve —mayormente por antigüedad—, y sanciona jueces y magistrados. La cuestión es peluda —siempre lo es, sea cual sea el titular de la potestad disciplinaria— en materia de sanciones, que no pueden sino afectar a la función jurisdiccional. De todos modos, la madre del cordero son los nombramientos de los miembros del TS, de las presidencias de la Audiencia Nacional, de los TSJ, de las Audiencias provinciales y algún nombramiento más. Unos poco más de 200 posiciones judiciales de gran relevancia.

Tanto el TS como la AN son piezas esenciales en el funcionamiento del sistema judicial español. Controlarlos políticamente, supone que directamente o por vía de recurso hay mucho campo para correr.

Los dos elementos que empíricamente avalan que, en términos generales, la independencia judicial está garantizada en España. Son mínimas —y muchas veces sesgadas— las quejas al CGPJ por injerencia en la independencia de jueces concretos. En cambio, frecuentan los casos de resoluciones extravagantes y/o de discutible legalidad que, por mucho que se protesten en las calles o en los foros políticos, no son más que jurídicamente atacables vía recursos. La sentencia de La Manada sería un buen ejemplo.

El segundo dato empírico reside en que el sistema de designación de los miembros del CGPJ rige desde 2001, en plena mayoría absoluta de Aznar, sistema que no fue después tocado nunca, a pesar de disponer el PP de mayoría sobrada para hacerlo. Además, la inconstitucionalidad del bloqueo de la renovación del Consejo, que ahora justifica por la insatisfacción de los sistemas de elección, antes se justificaba porque no querían que Unidas-Podemos (con el riesgo de que también lo hiciera ERC) participara en el proceso de selección. Y para remachar el clavo, ¿qué se puede decir respecto a los bloqueos en las renovaciones de los demás órganos caducados?

Mantener la falta de imparcialidad de unos cuantos y luchar por desalojar del poder y a quién lo ostenta legítimamente, es lo que hay detrás del trapicheo del bloqueo del nombramiento del nuevo CGPJ

La razón de fondo, que el PP calla, pero salta a la vista, es el deseo de desplazar del Gobierno al PSOE y a sus coaliciones, actuales y futuras. Lisa y llanamente. Para esta tarea cuentan con el auxilio de algunos jueces afines, en diferentes niveles del sistema judicial que adoptan resoluciones más que discutibles con la ley en la mano, pero que siempre caen en contra o de los derechos fundamentales o del Gobierno. Se puede hacer una Wikipedia con los ejemplos. Sin ir más lejos, la fiscalización infundada técnicamente de muchos aspectos protectores de la salud pública durante la pandemia o la falta de respeto a la memoria histórica restituyendo nombres de liberticidas en plazas y calles. Evidentemente no todos los jueces juegan a este juego; al margen de su ideología, creen que su primer deber es aplicar la ley y hacer justicia (no siempre términos sinónimos). Menos mal que los tenemos a ellos y ellas.

El tema no va de independencia judicial. De lo que va el tema lo puso de relieve —sin mencionarlo, sino al contrario, huyendo— Lesmes en su discurso de inauguración del año judicial. Se permitió algo que en un juez es impropio —todavía es juez, pues preside la primordial Sala dicha del art. 61—, es más, es algo prohibido a los jueces y magistrados: la censura al Gobierno. El lunes pasado, por el tema de los indultos. Contradiciendo, todo sea dicho, sus propias sentencias.

¿Cuál es la razón de esta secular prohibición? Simple: preservar la imparcialidad formal de los jurisdicientes. El juez no solo tiene garantizada su independencia y está sometido directamente al imperio de la ley, sino que también es responsable. Por todo eso debe ser imparcial. Un claro mandato constitucional.

Entre otras cosas, pierde su imparcialidad al juez —oiremos hablar mucho de esto en Estrasburgo cuando se ventilen los recursos contra la injusta condena del procés— que, en actos público o en sus propias resoluciones, critica las autoridades —las penitenciarias, por ejemplo— cuando hace suyo el argumentario político expresado dentro o fuera de las causas judiciales.

En resumen, lo que el PP pretende con la no renovación es ganar batallas como el Cid: después de la muerte. Por una parte, da largas y espera al ciclo electoral —que cree que le será favorable— de 2023. De paso, mantiene la reforma rabiosamente presidencialista —ya derogada— que impulsó con Gallardón en el 2013, a fin de dotar de un poder casi omnímodo a Lesmes, ahora detenido en buena medida con la ley que impide a un Consejo en funciones hacer nombramientos discrecionales. Con este poder Lesmes y el rajoyismo removieron cielo y tierra para poner en lugares clave a sus afines, aunque vistas las condenas de Gürtel y todas sus derivadas, con relativo poco éxito. Pero apañar—parafraseando al senador Cosidó— la Justicia por la puerta por detrás se hizo y se hizo en abundancia.

Así pues, mantener la falta de imparcialidad de unos cuantos, y luchar por desalojar del poder a quien lo ostenta legítimamente, es lo que hay detrás del trapicheo del bloqueo del nombramiento del nuevo CGPJ. Al fin y al cabo, una versión ampliada del "a por ellos" que los afectados todavía no han captado.