Cuando la estafa es enorme, ya toma un nombre decente.”

López de Ayala

Hubo una época en plena transición en la que los institutos ardían de reivindicaciones. Así fue como toda una generación, cuya infancia transcurrió en el franquismo, aprendió a hacer asambleas y a votar protestas estudiantiles. Recuerdo, y aún me río, cuando un jovencísimo orador —¿quince años, dieciséis?— subió al escenario del salón de actos en el que la estudiantada votaba si continuar el conflicto. Con el micro en la mano, sus razones para seducir a los que temían represalias de la autoridad académica fueron contundentes: "el que vota una juerga, sabe a lo que se atiene". No hace falta que les cuente que las paredes estuvieron a punto de caerse por las carcajadas que produjo a los asistentes el lapsus mental del líder. Votar una juerga es lo que tiene, que es divertido.

La asociación de ideas con la amenaza de huelga que mantienen los jueces y fiscales ante Justicia —después de que les pusieran sobre la mesa 47 millonazos de euros para subirles el sueldo cerca de 500 € al mes— me vino inmediatamente. Y es que lo de estos señores sí que es una juerga. Una juerga que además les sale gratis. ¿Recuerdan a los mineros de Thatcher haciendo caja común para soportar las semanas de protestas sin ingresos? ¡Pobres pardillos los trabajadores! A los jueces no se les puede descontar la pasta, así que podrían estar de huelga/juerga hasta el final de los días. Claro que si un poder del Estado o un servicio básico como es la Justicia —mírenlo como quieran— se paralizara indefinidamente sin consecuencias, no creo que se debiera hablar de huelga sino de chantaje o, según algunos osados, a los que no presto oídos, hasta de sedición.

Esta columna es muy esperada por el colectivo, porque en ella voy a desvelar algo que muchos o no saben o callan. Verán, los jueces y los fiscales han repetido por activa y por pasiva que su derecho de huelga había sido reconocido por el Ministerio de Justicia porque en su última huelga les descontaron los haberes, como a todo hijo de vecino. Lo que ya no cuentan es que varios de ellos recurrieron ante la Justicia —o sea ante sus propios pares, huelguistas también, es de coña— para exigir que se les devolviera lo descontado por el paro del 19 de noviembre de 2018. ¡Oigan y se falló a su favor! Es decir, existe una sentencia firme de la Audiencia Nacional que afirma que el Ministerio de Justicia no es competente para descontar los haberes en una huelga y que le obligó a devolver las cantidades al huelguista ¡y le cargó las costas al Gobierno!

Si un poder del Estado o un servicio básico como es la Justicia —mírenlo como quieran— se paralizara indefinidamente sin consecuencias, no creo que se debiera hablar de huelga sino de chantaje o, según algunos osados, a los que no presto oídos, hasta de sedición.

Lo normal sería afirmar que si los propios jueces estaban tan contentos porque en el descuento de nóminas cifraban el "reconocimiento de su derecho a la huelga", una vez que por sentencia se dijo que no se las pueden descontar, deberían asumir que no lo tienen. Es a la par indignante y alucinante ver cómo estos conspicuos servidores públicos nos hacen trampa como trileros ante nuestras propias narices. Mira, soy un funcionario y puedo hacer huelga. Mira, soy juez y el Ministerio no puede tocarme la independencia económica. ¿Lo ves? ¿No lo ves? Pueden hacer lo que les dé la puñetera gana sin consecuencias y pueden plantarse frente a un Ministerio al que reconocen como patronal —puesto que a él le hacen la huelga— pero que no tiene competencias para descontarles los haberes. Pueden, por tanto, chantajearles lo que les plazca. No van a perder un duro. Ellos se fijan los servicios mínimos, ellos se los controlan y nadie les toca. ¡Ah y quinientos euros de subida al mes les parecen una filfa!

Vamos con la sentencia que los hace inmunes a la pesadilla del huelguista, que no es otra que la pérdida económica. Resulta que, tras la detracción de haberes, varios de ellos interpusieron recursos de reposición ante el Ministerio que fueron resueltos negativamente. Así que al menos uno de ellos se fue con esa resolución a la Audiencia Nacional y la impugnó. Fue un magistrado de lo Social, de una localidad muy marinera, que solo reclamaba 193,03 € del descuento, así que concluyo que lo hizo para obtener la resolución y no por la pasta. Alegó que el Ministerio era incompetente para detraer el dinero —porque atentaría contra la independencia judicial—; que era incompetente para establecer la jornada laboral de los jueces y, por tanto, para calcular lo que había que descontar; que vulneró la ley de datos al usar para deducir las nóminas datos que no había autorizado expresamente cada juez y que tampoco podían controlar los servicios mínimos establecidos por el propio comité de huelga.

La sentencia firme le da la razón. "Examinada la normativa, no se encuentra en ella precepto alguno que otorgue la competencia al Secretario de Estado para deducción de haberes a los jueces y magistrados que conforman el Poder Judicial" dice la resolución. Y ustedes y yo, que somos normales, pensaríamos que eso es así porque no puede haber huelgas de jueces y, por tanto, nadie contempló esa competencia. La sentencia habla de cómo se hacen las deducciones a los funcionarios según el Estatuto del Empleado Público y dice taxativa que "sin embargo, no existe precepto semejante en la Ley Orgánica del Poder Judicial ni en la Ley de Retribuciones en la que se pueda sustentar la deducción practicada". La gente normal deduciríamos que es porque a los jueces nunca habría que aplicarles las consecuencias de una huelga. ¡Ellos, no! ¡Ellos piensan que tienen derecho a la huelga y que todos los legisladores lo obviaron para que ellos se montaran la juerga a su manera! Tampoco pueden controlar —dice la sentencia— si estaban o no de servicios mínimos y si los han cumplido, dado que eso se lo guisan y se lo comen los propios huelguistas. Recuerden que el CGPJ se ha declarado también incompetente para fijarlos. ¡Y dos huevos duros, amigos! Díganme que no harían los trabajadores si pudieran ir a la huelga sin perder dinero, sin que se les pudieran imponer servicios mínimos ni controlarlos y siendo sus propios compañeros los que resolvieran los conflictos derivados.

No sé si les he dicho que esta columna es esperada con expectación por muchos magistrados. Básicamente, porque la mayoría no sabía que se habían devuelto los dineros de la huelga anterior y porque supongo que están planeando reclamar los de esta, si llegan a hacerla, alegando esta jurisprudencia. ¡Venga, allá va! La sentencia es la 94/2020 de 6 de noviembre, del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 6, en el PA 17/2020. Lo pongo todo para que la encuentren fácil y se regocijen en la juerga de la huelga gratuita. Encima de tontos, ponemos los datos. No tenemos remedio