La declaración de huelga de hambre de Jordi Sànchez y Jordi Turull nos golpea y nos interpela a todos, pero muy especialmente apela a la conciencia y a la responsabilidad de los doce magistrados que componen el Tribunal Constitucional: Juan José González Rivas, Encarna Roca Trias, Andrés Ollero Tassara, Fernando Valdés Dal-Ré, Santiago Martínez-Vares García, Juan Antonio Xiol Ríos, Pedro José González-Trevijano Sánchez, Antonio Narváez Rodríguez, Alfredo Montoya Melgar, Ricardo Enríquez Sancho, Cándido Conde-Pumpido Tourón y María Luisa Balaguer Callejón. Su razón de ser es el amparo de los ciudadanos ante la posibilidad de una injusticia o la protección de los encausados contra las vulneraciones de derechos y libertades. En el caso de los líderes independentistas no han hecho ni una cosa ni la otra.

Especialmente interpelada tiene que sentirse la vicepresidenta del Tribunal, Encarna Roca, no por el hecho de que sea catalana, ni porque fuera elegida magistrada a propuesta del Parlament de Catalunya con el apoyo del PSC y de CiU, ni porque sea miembro del Institut d'Estudis Catalans, sino por coherencia con su trayectoria como jurista tan elogiada, antes por unos y ahora por otros. Siempre ha dado apoyo a las resoluciones del Tribunal contra el proceso soberanista, afirmando: "Soy jueza y no prevaricaré". El delito de prevaricación consiste en tomar resoluciones injustas sabiendo que lo son. Así que, mientras el Constitucional no dicte sentencias sobre las personas encausadas, no hay prevaricación posible. No resolver recursos de amparo no puede decirse que equivalga a prevaricar, pero objetivamente sí alarga una situación susceptible de ser declarada injusta y los magistrados son responsables de ello. Quizás no se los pueda acusar de nada, pero sí se puede denunciar su responsabilidad moral.

No resolver recursos de amparo no equivale a prevaricar, pero objetivamente sí alarga una situación susceptible de ser declarada injusta

Desde hace más de un año, los magistrados podían haber resuelto si Jordi Sànchez y Jordi Turull tienen razón en sus reclamaciones. Tal como recuerdan ambos encausados, la misma Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé que "los recursos contra los escritos de prisión provisional tienen que disfrutar de tramitación preferente y se tienen que resolver en un plazo máximo de 30 días". De hecho, antes que el recurso de amparo, las impugnaciones se han resuelto en el Tribunal Supremo, que no ha tardado más que algunas semanas en responder las mismas cuestiones con el rechazo habitual.

El Tribunal Constitucional ha optado por admitir a trámite los recursos, pero no resolver la reclamación. El argumento debe de ser que tiene demasiado trabajo, pero objetivamente la resolución del TC solo podía tener dos efectos: si aceptaba los argumentos de las defensas y ordenaba la liberación de los recurrentes, tumbaba toda la estrategia represora del Estado asumida por el Tribunal Supremo; si no los aceptaba, daba pie a un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) susceptible de tumbar por su cuenta la causa general contra del procés incluso antes de los juicios. Como el TEDH no puede actuar hasta que se hayan agotado todas las instancias judiciales en España, la actitud del Constitucional de bloquear los recursos desampara en vez de amparar y levanta todas las sospechas políticas. Es significativo que haya sido el Gobierno, el poder ejecutivo, que participa como acusador en el pleito, el que ha salido a defender al tribunal, con lo que ha añadido confusión a la teórica separación de poderes.

Precisamente por eso, la huelga de hambre de Sànchez y Turull interpela también a las instituciones europeas, que no pueden mantenerse impasibles ante una situación tan flagrante. El caso de los catalanes tiene que servir para que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos encuentre fórmulas para intervenir de oficio cuando es tan evidente que se toman medidas para impedirle que ejerza su función y se compruebe si un Estado está vulnerando los derechos fundamentales que está comprometido a cumplir.