Cuando el Tribunal Supremo afirma en un documento oficial que el dictador Franco fue jefe del Estado desde el 1 de octubre de 1936 lo hace para reconocer institucionalmente la legitimidad del golpe de estado que derrocó la República y reivindicarse el propio tribunal como una institución emanada de la victoria. Y también lo ha hecho para burlarse sutilmente de que el soberanismo catalán reivindique el 1 de octubre, no del 36 sino del 2017, día del referéndum. Todo ello obedece a una concepción maniquea de la historia que divide la ciudadanía entre vencedores y vencidos y que determina el comportamiento de los poderes del Estado.

La mención al 1 de octubre que hace la Sala Tercera del Tribunal Supremo para impedir la exhumación de los restos del dictador es indudablemente intencionada porque no era necesaria en absoluto. El auto dice textualmente refiriéndose a Franco que "el hecho de que fuera Jefe del Estado desde el 1 de octubre de 1936 hasta su fallecimiento el 20 de noviembre de 1975 atribuye a toda la controversia unos rasgos especiales ...". La frase habría tenido exactamente el mismo sentido sin citar las fechas, por lo tanto, había un interés en hacerlo.

El Tribunal Supremo español no tiene un apriorismo contra los golpes de estado. Desde su punto de vista, son buenos cuando ganan

El 1 de octubre del 36 fue el día en que Franco se autoerigió en jefe del Estado en un acto en la Capitanía de Burgos secundado por los generales sublevados. Sin embargo, España era, y lo sería aún unos años más, una república presidida por Manuel Azaña. Si el Tribunal Supremo reconoce la legitimidad del dictador en aquella fecha, significa que no reconoce la legitimidad republicana legalmente constituida. Es decir, que 83 años después el Tribunal Supremo asume como propio el relato del golpe de estado franquista y se sitúa como un organismo en la continuidad histórica de aquel suceso.

Hay casualidades difíciles de creer. El mismo día que la Sala Tercera reivindicaba a Franco, los fiscales que intervienen en el juicio al procés proclamaban en sus conclusiones que los acusados deben ser severamente condenados porque perpetraron un golpe de estado. Como ya han señalado varios juristas de prestigio, el "golpe de estado" es un concepto político que no existe como figura delictiva. Y uno de los argumentos más referenciados por fiscal fue el discurso del Rey del 3 de octubre. Es decir, que en Catalunya hubo un golpe de estado que hizo necesaria la intervención del Rey, al igual que pasó el 23-F.

Ciertamente, desde el principio del procedimiento, los fiscales han dado a entender oralmente y por escrito que no hacen más que seguir las instrucciones del jefe del Estado, el rey Felipe VI. En esta posición hay también implícita una batalla contra la Abogacía del Estado que representa al Gobierno. Los fiscales abanderan el Rey en defensa de la unidad de España ante las interferencias políticas antipatrióticas.

Llegados a este punto, la conclusión es que el Tribunal Supremo español no tiene un apriorismo contra los golpes de estado. Desde su punto de vista, son buenos cuando ganan. Dicho de otro modo, el Supremo dice ―y quiere dejar constancia― que forma parte de los vencedores y como tales son los encargados de impartir justicia sobre los vencidos. "Un 1 de octubre nosotros ganamos y un 1 de octubre ustedes han perdido", vienen a decirnos.