Del mismo modo que Ícaro se estrelló contra el suelo por volar demasiado cerca del sol, consecuencia de que la cera que unía las alas a su cuerpo se fundiese, el torcimiento hasta lo increíble del derecho por parte de la cúpula de la justicia española se ha estrellado en el norte de Alemania. En concreto en Slesvig, sede del Tribunal Superior regional del land de Slesvig-Holstein, máximo órgano judicial ordinario en la República Federal de Alemania. En cada land es igual: el Tribunal Superior culmina la justicia ordinaria. Recuerden, Alemania es federal.

De la resolución de la sala primera de este tribunal superior —recuerden, superior— del land, hay que destacar una serie de puntos. Primero de todos, su elegancia y su equilibrio. Siguiendo el aforismo cínico —como todos los aforismos— de Chesterton, un juez tiene que ser un caballero —ahora, dama también—, honrado y si sabe derecho, mejor. Pues en Slesvig hay tres jueces que cumplen sobradamente las tres condiciones.

En este contexto, sin dejar mal a los colegas españoles —los colegas no se escogen, vienen dados—, la decisión del tribunal de este ducado antes danés deja claro tres cosas. La primera, que no hay persecución política en España. La razón, circular y cortés, pero razón al fin y al cabo: España es un socio de nuestro club, el club europeo, de la democracia y de los derechos fundamentales. Hoy por hoy.

El código penal hispánico y el alemán dicen cosas diferentes y se interpretan muy diferentemente

La segunda cosa a destacar radica en que, para la extradición, no se puede admitir la rebelión, que los jueces tedescos siempre citan entre comillas, como palabra exótica que les resulta, porque este delito, como lo describe la exposición de la autoridad judicial española, no lo podría cometer ningún Ministerpräsident (jefe de gobierno) de ningún land. La razón: porque la violencia que exige la jurisprudencia consolidada federal parte de que la violencia ejercida sea la necesaria para hacer capitular (sic) a las autoridades federales. No, al fin, cualquier tipo de violencia. La violencia jurisprudencialmente exigida por los germanos no consta en el relato de hechos remitido, según el neutro lenguaje de su resolución, por la autoridad judicial española.

Eso hace, ya desde el mismo inicio de la decisión del tribunal despreciado por estas tierras como regional, que haya que desestimar la petición de extradición por rebelión: no se ajusta al principio de doble incriminación. El código penal hispánico y el alemán dicen cosas diferentes y se interpretan muy diferentemente. Exclusión, así, de entrada, sin necesidad de ulteriores exámenes.

En tercer lugar, sobre la malversación, al tribunal, casi comarcal por algunos de los opinadores y políticos que actúan por aquí como salvapatrias, le hacen falta datos. Un delito económico necesita una valoración económica y su confirmación, no sólo su enunciado. El mismo tribunal, regional, sin embargo por lo que parece, espabilado, dice que las aportaciones con respecto a las autoridades españolas hacen referencia a lo que según ellas habría costado el referéndum ilegal, pero sin justificaciones. Un delito de malversación, al fin y al cabo, tanto desde la perspectiva mesetaria como de las llanuras frisonas, tiene que estar determinado en dinero contante, no en apreciaciones de lo que se cree que ha podido costar.

La cera de los falsos argumentos, al acercarse —por voluntad propia, como el propio Ícaro— al sol del escrutinio de una justicia democrática, se ha licuado literalmente

Dejemos ahora el tema de si es corrupción (que no lo es) por mucho que la autoridad española se empeñe en presentarlo así, como si, realmente, el delito de malversación —prácticamente vacío de contenido desde el 2015— tiene correspondencia con el delito pretendidamente homólogo alemán. Eso lo veremos al leer la próxima decisión del tribunal casi comarcal por la estimación de los egregios dictaminadores del reino del marianismo.

Consecuencia de todo lo anterior: libertad bajo fianza para el president Puigdemont y libertad de movimientos por toda la República Federal. Todo con una severa lógica luterana, justa y sin aspavientos, cosa que para algunos es una bofetada en toda la mejilla hispánica.

No van desencaminados. La cera de sus argumentos judiciales, haciendo decir a las leyes lo que ni de lejos dicen ni pueden decir ni estaban pensadas para que lo dijeran, ha sufrido el mal de Ícaro: la cera de los falsos argumentos, al acercarse —por voluntad propia, como el propio Ícaro— al sol del escrutinio de una justicia democrática, se ha licuado literalmente. Falta una segunda parte sobre la cual sólo desde una frívola imprudencia se puede vaticinar el resultado. Dejémoslo, pues, aquí.

Autarquía jurídica: sólo para el pobre consumo interno

Ícaro es la figura retórica culta. Lo que ha pasado más bien es un puro retorno a la autarquía de la posguerra, ahora una autarquía jurídica, fruto de un patético y tronado orgullo y de un resentimiento sin límites.

Hemos asistido esta semana a varios reveses para la justicia española después de dos admisiones a trámite por parte del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ante las peticiones de Jordi Sànchez, primero, y del president Puigdemont, días más tarde: se emplaza al gobierno español a dar explicaciones sobre las restricciones de su derecho político. Con este pórtico esta semana, ni Finlandia, Escocia, ni Bélgica, ni Suiza —una vez desmentido un presunto montaje— ni Alemania por unas u otras razones compran los productos jurídicos españoles, que hoy por hoy, auténticamente, restan de único consumo interno.

Ante cada petición de auxilio judicial a las potencias democráticas, el iter caminado ha sido siempre el mismo: los pundits han demostrado un conocimiento exhaustivo del derecho penal, procesal, constitucional, orgánico y extradicional de cada uno de estos estados, conocimiento de nivel puramente guantanamero: ni idea de lo que hablaban. Autarquía jurídica, sólo para el pobre consumo interno. Propaganda, si quiere el lector.

Recordemos las palabras de Antonio Machado:  "Castilla miserable, ayer dominadora, / envuelta en sus harapos desprecia cuanto ignora" (Campos de Castilla, 1912). El Ícaro autárquico.