El conflicto político ha llegado a un punto en el que la maquinaria represiva del Estado sigue su hoja de ruta sin darse cuenta del cambio de paradigma político. ¿Por qué cambio de paradigma político? Porque el conflicto catalán lastra la política española, provocando demasiada inestabilidad. Esta estabilidad sólo puede alcanzarse preparando las bases de una solución razonable del conflicto político. Y la primera piedra, después de muchas otras piedras más pequeñas, es una amnistía

Esta idea parece que cala también en otras gentes no provenientes ni del independentismo ni de sus círculos. Parece que, gota a gota, se va llenando la bota del pasar página y hacer tabula rasa, ya sea con peticiones de indulto —que algunos presos rechazan—, con modificaciones —todavía no se ha visto ninguna— del Código Penal o con una amnistía. La tarea que tienen por delante es ciclópea, pero factible. Factible... si hay voluntad política real.

En Catalunya, con una más que fiable sociedad civil, esta voluntad política existe. Y por eso, sumándose decididamente a otras iniciativas, como las de Òmnium por ejemplo, la asociación Amnistia i Llibertat impulsa una propuesta de ley de amnistía, un texto articulado formalmente (en catalán y en castellano), para que, con una recogida de firmas de las que hagan historia, también contando con ciudadanos del resto del Estado, se pueda ejercer el derecho de petición ante el Congreso de los Diputados.

Poner negro sobre blanco esta propuesta legislativa, en la cual he tenido una modesta participación, es fácil. Una ley de amnistía no presenta grandes complicaciones técnicas. Recoger las firmas, con el nervio de nuestra sociedad civil, no estará chupado, pero el entusiasmo y los resultados que nos darán los voluntarios son indudables.

Lo que faltará, habrá que conseguir y no será fácil, pero la dificultad no frena los proyectos que quieren enderezar la realidad, es que la voluntad política institucional, es decir, de los políticos, se manifieste, como ya empieza a manifestarse en privado. Es necesario este cambio de marcha, superando la inercia actual, este dejarse llevar por una cierta razón de estado. Si el designio político es el de convivencia democrática, del progreso que nos saque de la crisis en la que vivimos y dar un mejor futuro a nuestros hijos, el cambio político es imperioso.

La recogida de firmas empezará, en Catalunya, el 11 de septiembre y se prolongará hasta alcanzar un número más que significativo de firmas, firmas con la condición de que no serán, porque no lo tienen que ser, de independentistas, sino de firmantes deseosos de encontrar una solución política al conflicto Catalunya-Espanya. Y asentarla de forma sólida.

La amnistía permite a las posturas encontradas algo esencial en la vida en progreso y justicia: mirar al futuro, colaborar en su construcción y no reflejarse en un pasado que siempre se reescribe a gusto de quien lo quiere blandir para impedir un futuro mejor

Para podernos hacer una idea, además de consultar el texto en la web de Amnistia i Llibertat, dibujaré unas someras líneas de los elementos más significativos de la norma que proponemos.

Partiendo de la base de la voluntad política institucional, paso ahora por alto, por ser un debate tedioso, si la amnistía es constitucional o no. La amnistía no está prevista en la Constitución, pero no está prohibida, como lo están, por ejemplo, los indultos generales o las sociedades secretas o la pena de muerte. Y para los que dicen que la amnistía tiene lugar sólo cuando se produce un cambio de régimen, sólo tienen que repasar la historia constitucional española desde 1808: la amnistía, con cambio de régimen o no, es consecuencia de una sacudida, muchas veces sanguinaria. La cuestión radica, una vez más, en determinar si se quiere salir adelante en paz y progreso o no.

Dicho esto, me centraría en cuatro puntos fundamentales de la propuesta de ley de amnistía. En primer lugar, el ámbito temporal. Los hechos cometidos que este borrado sancionador —es decir, no sólo penal— abarcaría serían los comprendidos entre el 1 de enero del 2013 y el día de la fecha de la publicación en el BOE de la ley. Así, también los preparativos del 9-N, el 20-S, 1-O, el 8-O y todas las protestas postsentencia del TS permanecerían fuera de la maza sancionadora, penal o no.

En segundo término, no quedarían sólo amnistiados los hechos producidos durante este periodo, cometidos con la intencionalidad política de ejercer el derecho a decidir o de caminar directamente hacia la independencia —camino, recordémoslo una vez más, sin violencia—, dentro o fuera de Catalunya, sino que afectaría también a los excesos represivos, policiales o juicios en el más amplio sentido de la palabra.

En tercer término, aunque en la propuesta de ley se mencionan una serie de causas ya cerradas —como la del proceso ante el TS— o en curso —caso cúpula de Interior— o ante el TSJCat, el juzgado de instrucción 13 de Barcelona, las causas penales derivadas de supuestos incumplimientos electorales con relevancia penal, u otros, se formula una cláusula abierta a fin de que dentro del radio de acción de la amnistía quepan todas las causas penales, en cualquier fase que se encuentren (en fase policial, de fiscalía, de instrucción, de sentencia de primera instancia...). Y no solamente las causas penales: cualquier causa, expediente, diligencia o como se quiera llamar, de significación sancionadora; así, entre otras posibles, conocidas o por conocer, las del Tribunal de Cuentas, del Tribunal Constitucional, de las juntas electorales, de sanciones administrativas...

Eso tendría como consecuencia la inmediata puesta en libertad de los presos y el archivo, sea cual sea el estado procesal o de tramitación en que se encuentren, de medidas de investigación, como son las órdenes internacionales de detención o euroórdenes. Eso quiere decir cerrar lo que hay abierto o no abrir nada más por los hechos comprendidos en el periodo amnistiado.

Finalmente, también quedarían amnistiados todos los hechos relativos a la represión sufrida, sea policial, judicial o administrativa. Es una primordial contraprestación para hacer esta tabula rasa que comporta la amnistía.

Todo este material pasará de los juzgados, las fiscalías y entes administrativos a los archivos, para que allí se pueda estudiar y analizar —y extraer todos buenas conclusiones— que la política sólo es política si se hace como toca, sin recurrir a mecanismos jurídicos no previstos para estos acontecimientos, maltratando el estado de derecho y llevando a toda la sociedad a lugares donde sólo puede reinar la vergüenza antidemocrática.

Al fin y al cabo, desde varias posturas: unas, las de las creencias del ejercicio lícito de derechos democráticos sin haber incurrido en ningún ilícito penal; otros desde el convencimiento de que la situación era tan grave que requería una respuesta del Estado. La amnistía permite a las posturas encontradas algo esencial en la vida en progreso y justicia: mirar al futuro, colaborar en su construcción y no reflejarse en un pasado que siempre se reescribe a gusto de quien lo quiere blandir para impedir un futuro mejor.