¡Boum, boum, boum, boum! Alguien empieza a golpear con fuerza la puerta de su casa. ¿Quién será? ¿El Deloscobismo Tácito que viene a detenerlo (o a detenerla) por terrorismo? ¿O por no haber ayudado a una abuela a cruzar una calle? O por lo que sea, que la excusa es lo de menos, pero sobre todo lo detienen (o la detienen) para poder obtener y posteriormente filtrar sus conversaciones telefónicas, incluso en las que pedía una pizza. ¡Pues noooooooor! Bueno, sí, pero no sólo. Porque resulta que esta manera de hacer las cosas ahora tiene competencia.

Estos días hemos estado tan pendientes del recuento electoral a ritmo caracolero, finalmente resuelto, por fin, esta tarde, que se nos ha pasado por alto una sentencia de la Sección Segunda de la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Supremo anulando "por defectos de motivación" una orden judicial que autorizaba a Hacienda a entrar en una empresa. Hasta aquí parece un nuevo caso donde el pérfido Supremo actúa en contra de la verdad, en este caso la de los voluntariosos chicos y chicas de Hacienda que pretendían desenmascarar a unos peligrosos defraudadores. Pues no. Hacienda había solicitado la inspección que nos ocupa porque la empresa había tributado por debajo de la media del sector y eso la convertía en sospechosa de haber ocultado ventas. Es decir, el Supremo defiende que Hacienda no puede acceder a un domicilio particular o a una empresa "por un propósito puramente prospectivo o indeterminado (...) a ver que encuentra". Cosa que traducida quiere decir que la Agencia Tributaria no puede remover tus papeles a ver qué, sino que previamente tiene que tener alguna prueba.

Y todo eso lo hemos sabido gracias a la comparecencia de Jesús Gascón, director general de la Agencia Tributaria, en la Comisión de Presupuestos del Congreso. Allí le preguntaron por esta sentencia hasta ahora muy desconocida y él dijo que "la protección que la Constitución le da al domicilio de las personas físicas y jurídicas tiene que poder conciliarse con que un investigador con autorización judicial pueda acceder a estos locales sin un aviso previo". Porque si no "pueden destruirse pruebas". O sea, fue lo bastante hábil como para darle la vuelta a la tortilla y mezclar la eliminación de evidencias con el derecho a ser considerado inocente hasta se demuestre lo contrario.

Claro, porque la cuestión no es que Hacienda no pueda pedir una autorización a un juez para entrar en nuestro domicilio y poder obtener las pruebas de un fraude previamente acreditado. No, lo que no puede hacer Hacienda es imaginar que nuestra facturación o nuestros ingresos son los que son porque estamos cometiendo alguna irregularidad y, en base a esta suposición que nos convierte en presuntos culpables, pedirle a un juez poder entrar en nuestra casa a ver qué encuentra. Y si le suena la flauta, interpretar la bonita melodia del "El piojo y la pulga".

Pero, claro, esta contradicción que es tan evidente para la Sección Segunda de la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Supremo cuando hace referencia a nuestra relación con la administración tributaria, no lo es tanto cuando afecta a nuestras ideas políticas e involucra otras ventanillas del mismo tribunal. Y no hace falta que ahora le haga toda la lista de ejemplos. Hay suficiente con el más reciente de todos, donde nuevamente se ha construido una realidad digna del trumpismo más desatado para poder detener a quien les ha dado la gana. Y hacerlo para poder así esparcir el máximo de mierda posible que ha sido convenientemente recogida y procesada por la mayoría de los medios. Una cuestión, esta, sobre la cual hace días le doy vueltas en forma de pregunta.

Supongamos que un departamento de asuntos internos investigara un alto mando de los cuerpos de seguridad por prevaricación, falsificación de pruebas, falso testimonio ante un tribunal y detención ilegal. Y que a raíz de eso se filtraran todas las conversaciones de este alto mando con políticos, periodistas y responsables de grandes empresas. ¿Los mismos medios que ahora publican filtraciones, también publicarían estas? Se aceptan apuestas. ¡Con la supervisión de Hacienda, por supuesto!