Diciembre se me antoja como un mes en el que más que descansar, habrá que trabajar y mucho. Lo importante es centrarnos en los diversos escenarios que tenemos abiertos, combinarlos adecuadamente y sacar de todos ellos aquello que mejor sirva para lograr los objetivos estratégicos establecidos desde un comienzo para, de esa forma, tener unas buenas fiestas y comenzar 2020 con una realidad jurídica favorable que permita devolver el conflicto entre Catalunya y el Estado al ámbito del que nunca debió salir: el político.

El calendario parece endemoniado y las explicaciones que se dan sobre cómo interactúan unos y otros temas no dejan de ser sorprendentes. Seguramente, quienes están dando esas explicaciones y se dejan deslumbrar por un mísero sol invernal desconocen cuál es la magnitud de lo que se ha hecho para encontrarnos en el punto en que ahora estamos.

Desde octubre de 2017 tenemos un escenario jurídico-penal que ha ido marcando tanto la agenda política como los ritmos del resto de la estrategia de internacionalización. Pero no todo es derecho penal y, en paralelo, se han ido generando otros escenarios, también en el ámbito civil (demanda contra el juez Llarena, que sigue su curso), cuyo culmen algunos entienden que sería la batalla por ocupar los escaños ganados en el Parlamento Europeo, sin comprender que eso no es más que un punto de inflexión hacia un objetivo mucho más ambicioso.

En lo penal tenemos una serie de temas pendientes aún de resolución tanto en la Sala Segunda del Supremo como en el Constitucional y a ello hay que sumarle la OEDE cuyas primeras vistas están previstas en Bélgica para el próximo 16 de diciembre y en Escocia para finales de abril. En estos procedimientos, que serán largos, se discutirá de todo, por no decir que lo discutiremos todo, y nada será inocuo de cara a los objetivos estratégicos establecidos hace ya más de dos años... porque el exilio no fue una escapatoria sino una estrategia política.

Pocos días después, el 19 de diciembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictará la sentencia en el tema de las prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo, en relación al permiso solicitado por el vicepresident Junqueras para poder acudir ante la JEC a jurar su cargo como eurodiputado. Sobre esa concreta prejudicial lo que, por ahora, conocemos es la posición del abogado general, que viene a ratificar lo que llevamos más de 9 meses diciendo en la defensa del president Puigdemont y de Toni Comín: son eurodiputados desde el momento en que se proclamaron los resultados de las elecciones del 26 de mayo pasado, es decir, desde el 13 de junio (publicados en el Boletín Oficial del Estado del 14 de junio).

Nada será inocuo de cara a los objetivos estratégicos establecidos hace ya más de dos años... porque el exilio no fue una escapatoria sino una estrategia política

Lo que aún no sabemos es el alcance que tendrá esa sentencia del TJUE porque, de una parte, el abogado general, superando de largo el contenido de las preguntas prejudiciales remitidas por Marchena, nos da la razón en todo y, de otra, recomienda que el TJUE no se pronuncie porque en el caso del vicepresident Junqueras tales razonamientos habrían decaído al encontrarse inhabilitado desde el 14 de octubre pasado. En cualquier caso, a la vista de esa sentencia sabremos qué camino tendremos que tomar y, más o menos, cuánto tardaremos en recorrerlo, sin perjuicio de saber ya hoy cuál es la estación de destino.

Conseguir que se reconozca la condición de eurodiputados del president Puigdemont y de Toni Comín no ha sido un camino sencillo y, en ello, hemos desplegado unos grandes esfuerzos jurídicos que en breve deberían comenzar a dar sus frutos, a pesar de lo mucho que algunos se han reído de nosotros en estos meses.

La batalla por entrar en el Parlamento Europeo comenzó luchando por la elegibilidad que negaba la JEC y conseguimos ganar en la jurisdicción contencioso-administrativa luego de que el propio Supremo reconociese que ambos, y por ende el vicepresident Junqueras, eran elegibles. Eran elegibles y luego fueron elegidos.

Una vez electos hemos abierto todas las vías para hacer cumplir el mandato ciudadano y lo que establecen las normas de la Unión Europea que tanto incomodan al etnocentrismo euroescéptico pero que tan valiosas nos resultan a los euroexigentes. En este camino hemos tocado distintas puertas e implementado distintas tácticas en función de una única estrategia.

Primero, intentamos que se aceptase el juramento por representación, ahí me tocó comparecer junto al procurador ante la JEC, luego por poderes, tal cual se hace en el Senado. Ambas acciones fueron desestimadas y, una vez más, se nos trató como perros verdes mirando siempre al dedo en lugar de a la luna.

Superada esa fase pública, comenzamos un trabajo de hormigas que ha incluido diversas demandas contencioso-administrativas (cada una con sus múltiples incidencias y recursos que han generado miles de folios de alegaciones) para la protección de derechos fundamentales ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, donde, a fecha actual, tenemos pendientes de resolución tres distintos procesos y, todos ellos, con sus respectivas cuestiones prejudiciales y su relevancia a efectos del reconocimiento de la condición de eurodiputados.

Un puzle no se comprende hasta que no se ve su foto o está acabado de montar; sin embargo, quienes lo hemos diseñado no necesitamos la foto para saber dónde encaja cada pieza

En paralelo a todo lo anterior, teníamos que abordar la jurisdicción de la Unión ante la actuación de un Parlamento entonces controlado por Tajani y con abierta voluntad de romper la legalidad europea. De esta forma, planteamos una serie de incidencias ante el Parlamento Europeo e interpusimos una demanda de anulación ante el Tribunal General y su consiguiente demanda de medidas cautelares ante el presidente de dicho Tribunal.

Para regocijo de muchos, la demanda de cautelares nos fue rechazada el 1 de julio, justo un día antes del comienzo de las sesiones parlamentarias. Éramos conocedores de que sería rechazada, pero la coherencia jurídica obliga a este tipo de actuaciones. Sin embargo, miren por dónde, la casación en contra de dicha desestimación está, justo ahora, pendiente de resolverse una vez que ya conocemos que el abogado general comparte nuestro criterio jurídico.

La demanda de anulación en contra de la “decisión Tajani” sigue su curso y está pendiente de señalarse fecha para las alegaciones finales y dictarse sentencia. Es aquí y en la solicitud de cautelares donde hemos expuesto aquellos argumentos legales, que, de manera tan clara, asume como propios el abogado general en las conclusiones hechas públicas el pasado 12 de noviembre.

La respuesta que sobre la condición de eurodiputados del president Puigdemont y Toni Comín termine dando el TJUE, bien a través de la prejudicial planteada por Marchena en relación con el vicepresidente Junqueras, bien en la casación de cautelares, bien en el seno de la demanda de anulación o, incluso, en las prejudiciales que tenemos planteadas en las tres demandas contencioso-administrativa, revertirá directamente en el procedimiento de OEDE ante la jurisdicción belga impidiendo, seguramente, la ejecución de la misma y cerrando el paso al derecho penal para abrírselo a la política.

Un puzle no se comprende hasta que no se ve su foto o está acabado de montar; sin embargo, quienes lo hemos diseñado no necesitamos la foto para saber dónde encaja cada pieza y, por eso y llegados a este punto, resultaba necesario explicar la complejidad del escenario para dejar en claro que así están las cosas.