“La aserción dentro de un mismo sistema, de una proposición y su negación, al poner de manifiesto una contradicción que contiene, hace que el sistema sea incoherente y, por consiguiente, inutilizable”

Chaïm Perelman. Tratado de Argumentación

 

No sé quién comparó una vez las conductas incoherentes con una escopeta de perdigones: personas, grupos o instituciones que piensan una cosa, hacen otra y consiguen que sus actos se dispersen como los balines, sin dirección precisa y sin acción real. La incoherencia íntima y personal, la falta de coherencia política, habría miles de folios que escribir. No obstante, todavía quedan sistemas cerrados y lógicos en los que la incoherencia es un pecado mortal. Un pecado cuya comisión lastra el resultado. La escopeta de perdigones en plan dogmático. Uno de estos dominios es, desde luego, el derecho procesal. En general, desde los romanos quedó consagrado que “Venire contra factum proprium non valet”, o sea, que ir contra los actos de uno mismo no tiene cabida. Quizá si la eleváramos a categoría universal, nos iría mejor, pero, de momento, en el ámbito jurídico tiene pleno vigor.

Esto es lo que ha sucedido con la polémica para algunos decisión de Puigdemont de recurrir ante el Tribunal Constitucional no sólo el auto de Llarena que lo anulaba como parlamentario sino también el acto de la Mesa del Parlament que lo acordó. Leo mucha interpretación política y mucho roce y aspaviento, pero lo cierto es que no se puede jugar al tenis con las normas del póker y que desde la lógica y las reglas que rigen la cancha jurídica la explicación es tan palmaria que no deja mucho lugar para el revuelo. La batalla de Waterloo se juega ahora en los estrados y conviene aplicarle las lógicas y leyes de ese mundo y no las de, por ejemplo, la táctica militar, ¿no? Sería totalmente incoherente y, por lo tanto, totalmente inválido.

Puigdemont y sus abogados consideran que la resolución de Llarena acordando su suspensión vulnera derechos fundamentales y así necesitan manifestarlo en el Tribunal Constitucional para que, cumplida esa vía, quede expedito el camino a Estrasburgo. Lo que sucede es que el auto de Llarena sólo tuvo efectividad, sólo pudo cumplirse, tras la decisión adoptada por la Mesa del Parlament por lo que no cabe discutir una cosa sin discutir aquella que la hizo real. Ya comprenderán que no queda bien llegar a Estrasburgo y decir: "Llarena vulneró mis derechos y esa vulneración se hizo posible por la actuación de la Mesa pero como estos últimos son mis colegas, pues a estos no los traigo ante ustedes". Eso en la vida política o incluso afectiva podría servir pero, créanme, en la lógica procesal y jurídica no tiene ningún futuro. Así que si el resultado de la efectividad judicial en busca de justicia se produce en momentos o en ámbitos que resultan políticamente incómodos o en tiempos poco oportunos ¿qué cabe hacer? ¿renunciar a las acciones legales?

La coherencia procesal y jurídica es una obligación sin la cual se pierde de inicio la razón.

Personas, grupos o instituciones que piensan una cosa, hacen otra y consiguen que sus actos se dispersen sin dirección precisa y sin acción real.

Luego están las incoherencias que por su enormidad producen casi una cierta hilaridad. No puedo sustraerme a la tentación de contarles las que ha cometido el Tribunal de Cuentas porque, de verdad, que son muy curiosas. Son incoherencias de estas que no tienen mucha explicación y que resultan tan incongruentes que causan cierta hilaridad. Tengamos en primer lugar cómo el Tribunal de Cuentas, ese órgano administrativo dependiente de las Cortes, se dirige a Carles Puigdemont para solicitarle datos correspondientes al expediente. “Fiscalización relativa al destino dado a los recursos asignados a la ejecución de políticas de acción exterior de la Comunidad Autónoma de Cataluña correspondientes a los ejercicios 2011-2017”. El Tribunal de Cuentas, como digo, le ha enviado una cartita con efecto legal de requerimiento de datos. Lo cachondo es que se la han mandado al Molt Honorable Senyor Carles Puigdemont a la Avenue de l’Avocat, 34 en Waterloo. Entendiéndose entonces que el máximo órgano fiscalizador español considera que al que trata como expresident de la Generalitat es un ciudadano europeo que libremente vive en Bruselas. Eso está bien, ¿no? Al menos para que se lo apliquen los diputados en Cortes que lo ven de otra manera.

No contentos con eso, los linces del Tribunal de Cuentas le solicitan información y datos correspondientes al citado periodo 2011-2017 a pesar de que en 2011 no era ni alcalde de Girona y de que no ha tenido acceso a archivo oficial ninguno desde el 27 de octubre de 2017. Aquí se ve bien claro lo fea que hace la incoherencia, administrativa en este caso. Lo malo es que esto le merma derechos en el procedimiento porque difícilmente va a poder realizar alegaciones y le sitúa en una situación de “indefensión material”, según sus abogados.

Aún así, Puigdemont les ha ofrecido que usen la cooperación jurídica internacional para tomarle declaración en su residencia de la calle del aguacate o del abogado ―que no queda claro a qué quisieron hacer honor los que la bautizaron― dado que la utilizan oficialmente como lugar de notificación. Veremos si el Tribunal de Cuentas es coherente con su sobre y con su reconocimiento de domicilio a efectos de notificaciones y decide tomarle declaración allí. ¿Sería lo lógico, no?

La coherencia, señores, la coherencia. Hacer el ridículo por incomparecencia de la misma no es el menor de los problemas. A las pruebas me remito.