Si una intenta entrar en la página web de la Fiscalía General del Estado de España, se encuentra con un letrero de aviso que le indica, después de advertir que quizás sea una página falsa que pretende robar tus datos personales o financieros, de que entiendes los riesgos a los que te expones. 

Ayer fue hackeada la web de la fiscalía junto a la de Vox. Justo después de conocerse el escrito de acusación de ambos. 

Poco ha tardado Santiago Abascal (líder de Vox, que presume de llevar encima una pistola) en acusar “a los golpistas”. Si no fuera porque dice alegrarse y que se trata de una “noticia excelente para mostrar ante ojos de millones de españoles quién está combatiendo el golpe separatista”, añadiendo que “los perros de Torra y Puigdemont no les asustan”, no se me habría ocurrido pensar que pueda tratarse de una “acción de falsa bandera”. 

Lo cierto es que me da igual. No suelo acceder a la web de la fiscalía y tampoco a la de Vox. Pero hoy sí lo hice, porque me interesaba leer, de manera directa, el escrito de acusación presentado ayer. 

Son 127 las páginas que la fiscalía nos regala. Aquí puede leerlas.

Y chachareando por la web, encuentro esto: el artículo 124 de la Constitución española de 1978 establece que el ministerio fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene como misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.

Este párrafo ya da para muchos artículos. Porque leyendo las 127 páginas de justicia-ficción que ayer se hicieron públicas, cuesta trabajo encontrar algo de coherencia en lo que la Constitución española atribuye a la fiscalía. 

Es evidente que aquí no se está velando por la independencia de los jueces, ni por el interés público, ni por el derecho de los ciudadanos. Y desde luego que brota una sonrisa cuando lees que ha de velar porque los tribunales procuren la satisfacción del interés social. 

Palabras que quedan muy bonitas, pero que se han quedado vacías de contenido. 

Es evidente que aquí no se está velando por la independencia de los jueces, ni por el interés público, ni por el derecho de los ciudadanos

Y para guinda del pastel, sigues leyendo y te encuentras con que el fiscal general del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial. Y te tienes que reír. 

¿Qué independencia judicial puede garantizar alguien nombrado por un Rey? Es que no tiene ni pies ni cabeza. ¿De qué garantías estamos hablando cuando la cúspide de un sistema descansa en manos de un Rey? A partir de ahí todo lo demás carece ya de legitimidad, qué quiere que le diga. Y además de cuestiones legitimadoras, cosa que en democracia no es asunto menor, si ya nos centramos en el Rey en concreto, solamente podemos desternillarnos. 

Nos va a nombrar a quienes han de velar por la independencia judicial una persona que nada entre corrupción familiar; asume su cargo por cuestión sanguínea, hereda sus funciones por gloria de un dictador sanguinario y golpista y, además, pretende hablarnos de garantías para la ciudadanía y satisfacciones del interés social. Me van a disculpar, pero es que hace poco el Rey se subió el sueldo un 1,5%, pasando a cobrar 242.769 euros brutos. Su señora esposa, por el hecho de serlo, cobrará 133.530 y el rey emérito, 194.232. Cobra, entre otras cosas, por firmar el nombramiento del fiscal, que recuerdo es el que ha de velar porque la justicia sea imparcial y se preocupe de satisfacer el interés social. Tiene bemoles el asunto. 

Pero podemos ir más allá. Porque, aunque haya habido ya opiniones bien fundadas para llevarse las manos a la cabeza tras conocer la acusación de la fiscalía contra los líderes del soberanismo e independentismo de Catalunya, hay tela para cortar. 

Cientos de personas se han manifestado ya contra la situación de los presos políticos. Concretamente, letrados de todo el estado español acaban de firmar este manifiesto en apoyo a los encausados por el procés

Y el que fuera presidente del Tribunal del Supremo y del Constitucional, Pascual Sala, también ha manifestado públicamente que no le parece adecuada la acusación por rebelión. Suma y sigue. Porque Carmen Lamela, la juez instructora de la Audiencia Nacional que también está encargada de este asunto del procés, ha dicho lo mismo. Es más, se ha negado a considerar que se trate de rebelión porque no concurre el requisito básico, que es la violencia. 

Y quien sabe bien del asunto es precisamente Diego López Garrido, que fue el encargado de redactar el tipo penal en el Código. Y él, “el padre del artículo” que regula la rebelión, deja muy claro que cuando se redactó se hizo pensando en el golpe de Estado del 23-F. Y que lo sucedido en Catalunya no tiene nada que ver con el asunto. 

¿Qué independencia judicial puede garantizar alguien nombrado por un Rey?

La Abogacía del Estado tampoco ve rebelión (aquí puede leer su escrito). Esto es interesante, aunque no suficiente. Porque sí plantea que se haya podido cometer sedición. Otra barbaridad. Y añade a la cesta la malversación, a pesar de que el propio presidente del Gobierno (Rajoy) y su ministro de Hacienda en aquel momento (Montoro) dijeran en sede parlamentaria que no se habían destinado caudales públicos para realizar el referéndum. Pero parece ser que todo eso aquí da igual. Por cierto, dice la Abogacía del Estado que no puede darse la sedición sin la malversación, que se da un “concurso medial”. Y yo en este punto he de reconocer que no entiendo absolutamente nada. No lo entiendo porque no se entiende, vaya. 

Pero retomo lo que López Garrido tenía en mente cuando redactó el delito. Porque pensaba en el 23-F que sí fue un intento de golpe de estado. 

Hay que recordar que en declaraciones públicas hechas por un guardia civil, el señor Pastrana, que participó en el golpe de estado, él mismo ha señalado a la Casa Real, y concretamente al Rey, como principal cerebro de la operación. Lo recuerdo para que partamos desde un punto que sirva de contexto. 

Por aquel golpe de Estado se juzgó a 33 personas. 32 de ellos, militares. Tres de ellos fueron absueltos, ocho condenados a 1 año de prisión, cinco a 2, otros tantos a 3, dos a 5 años, otros dos a 6, uno a 8, dos a 10 y dos más a 12. La mayoría fueron condenados a penas muy inferiores en comparación a las que ha pedido la fiscalía para los encausados por el procés. 

De todos ellos, de los 27 condenados, solamente los que cumplieron la condena íntegra fueron los que tuvieron penas de menos de 2 años. Todos los demás cumplieron muchísima menos condena de la que se les impuso. Y alguno, como Vicente Gómez Iglesias, fue indultado por Felipe González en 1984. Alfonso Armada también fue indultado en 1988 por el gobierno del PSOE. 

La gran mayoría de los condenados han ido mejorando su situación en la jerarquía militar. 

Ahora juzguen ustedes, que aunque no hayan sido nombrados por el Rey, seguramente sean más independientes y tengan más claro el interés de la ciudadanía y las garantías sociales.