Las noticias que nos llegaron el viernes desde el Tribunal General de la Unión Europea tienen una importancia proporcional al silencio que sobre ella han tenido los principales medios de comunicación españoles y dirigentes políticos, que parecen tener que asimilar lo que está sucediendo. Suele pasar: poner el foco en lo absurdo y muchas veces falso, para callar de manera absolutamente indisimulada cuando la información les desmonta sus relatos y estrategias. 

Y es que el viernes, con la resolución que dictaminó el vicepresidente del Tribunal General de la Unión Europea, rechazando la petición de medidas cautelares sobre Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí, se ha lanzado otro bofetón más, añadiendo a las múltiples cachetadas una de incontestable contundencia. Un bofetón judicial desde las más altas instancias que se ha tomado la molestia de argumentar las razones por las que se rechaza una medida solicitada, generando una curiosa situación: esa en la que te dicen que no, pero te están dando la razón de fondo. Por eso es importante explicar lo que se ha dicho en esa resolución, más allá de quedarnos con el titular que señala que “El TGUE rechaza devolverle la inmunidad a Puigdemont”. 

Porque la realidad es muy otra. Es mucho más que eso. Y en las razones para denegar esa “devolución de inmunidad” se encuentra lo que de verdad importa. 

Mientras la mayoría actúa como si no hubiera pasado nada, lo cierto es que sí que pasa. Y lo que es más importante: lo que puede pasar a partir de ahora. 

Con la resolución del vicepresidente del TGUE se ha dejado en evidencia, una vez más, a la Justicia española, representada en la figura de Pablo Llarena en esta ocasión. Pero no solo a él, pues forma parte del proceso que está llevándose a cabo en el Tribunal Supremo, en su Sala Segunda, presidida por Marchena. Y junto a ellos, quedan en evidencia medios de comunicación, políticos y voceros que se han encargado muy tozudamente de querer dar a entender lo que no era, lo que no ha sido, lo que no es y lo que seguramente no será. Lo que ocurre, además, es que a medida que avanzamos, las bofetadas son más fuertes y al final, si se diera la circunstancia de ver pasear por las calles de Barcelona a Puigdemont uno de estos días (que ahora mismo podría ser), habría cabezas que estallarían al cortocircuitar. 

La situación que ahora nos brinda la resolución del TGUE nos vuelve a plantear una duda más que razonable: ¿desconocen el funcionamiento de las leyes europeas el juez Llarena y los que le acompañan en su cruzada? O, por el contrario: ¿conocen las normas europeas y, aun así, actúan bordeándolas y dando a entender en España que las cosas son distintas a lo que impera la ley? 

Si desconocieran las normas europeas, mal. Puesto que un juez, todo un magistrado instructor del Supremo debe ser un experto en la materia. 

Si las conoce, pero decide pasar de ellas, mal también. Puesto que ni un juez ni ningún ciudadano europeo puede desatender la normativa vigente en Europa, y si lo hace a sabiendas y es un cargo público, como en este caso un juez, podría darse la circunstancia de estar ante un caso de prevaricación. 

¿Desconocen el funcionamiento de las leyes europeas el juez Llarena y los que le acompañan en su cruzada? O, por el contrario: ¿conocen las normas europeas y, aun así, actúan bordeándolas y dando a entender en España que las cosas son distintas a lo que impera la ley? 

En cualquiera de los dos casos, que serían graves, el hecho de que sea un juez español el que esté organizando semejante espectáculo en el plano europeo no deja en buen lugar a la Justicia española, que podría estar en este caso mostrando síntomas graves de una necesaria atención por parte de las instituciones comunitarias. Esas que ya han dicho en reiteradas ocasiones en los últimos meses que, o “nos ponemos las pilas” con el Estado de Derecho, garantizando la independencia judicial, la supremacía normativa europea y la gestión de la independencia de los jueces de manera específica, o no nos van a dar un euro de los fondos de recuperación. Dicho sea de paso que España está ganándose a pulso un buen tirón de orejas en este sentido por otras causas que también salpican a los togados: por mucha prisa que quiera darse en poner parches para renovar el TC, en tumbar parcialmente la ley mordaza y en presionar todo lo posible para una reforma del CGPJ los boquetes son demasiados y demasiado grandes. Llarena viene a ponerle la guinda al pastel.

Un Llarena que será estudiado por poner y quitar euroórdenes atendiendo aparentemente a las circunstancias y a las aparentes posibilidades de victoria o derrota en el plano político y no a criterios estrictamente jurídicos. O por no reconocer que están suspendidas (incluso decir todo lo contrario) cuando así lo determina la ley europea. Eso es lo que le explica el vicepresidente del TGUE y no da margen a la interpretación: porque remarca en su escrito que las euroórdenes están suspendidas desde el momento en que Llarena plantea una cuestión prejudicial al TJUE. Lo subraya y deja muy claro que ni Puigdemont, ni Comín ni Ponsatí pueden ser detenidos en ningún Estado miembro ni puestos a disposición de las autoridades españolas en este momento. Y por si hubiera dudas remarca que el Supremo lo sabía en el momento en que Puigdemont fue detenido en el Alguer. Todo un galimatías que, si se explica fuera del lenguaje jurídico, se entenderá perfectamente. 

Recuperemos algunos hechos. 

El 12 de enero y el 10 de febrero de 2020, recién tomada posesión de sus escaños como eurodiputados Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí y estando en prisión sus compañeros independentistas, ya condenados, el Tribunal Supremo envía al Parlamento Europeo los escritos mediante los cuales solicita que les sea retirada la inmunidad que todo eurodiputado tiene, para poder juzgarlos en España

El presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, firmaba estos escritos, con el objetivo de levantar la protección parlamentaria para así conseguir que los Estados miembros de la UE entregasen a estos eurodiputados en virtud de las euroórdenes que Pablo Llarena había estado poniendo y quitando de manera incomprensible desde la perspectiva jurídica. 

Comenzó así el proceso suplicatorio al Parlamento Europeo mientras, en paralelo, seguían las actuaciones judiciales para pedir la entrega de otros exiliados como Lluís Puig, que se encontraba en Bruselas

En enero de 2021 la Justicia belga cerró definitivamente la petición de entrega a España de Lluís Puig considerando que no estaba garantizado que el Sr. Puig pudiera tener un juicio en España con todas las garantías y cuestionando, además, al propio tribunal que pretendía juzgarlo, aludiendo al juez natural. Esta sentencia firme cabreó notablemente a España, concretamente al juez Llarena, padre de las euroórdenes. Al juez de instrucción no le cabía en la cabeza que un tribunal belga pudiera “meterse hasta la cocina”, es decir: ponerse a evaluar cuestiones de garantías procesales, de jueces naturales…. Así que se puso a pensar en qué hacer, puesto que el suplicatorio en el Parlamento Europeo estaba ya a punto de dar resultados, y si Puigdemont se quedaba sin inmunidad, pero seguía siendo residente en Bélgica, la respuesta de los jueces sería la misma que para Puig. Llarena necesitaba actuar, hacer algo e intentar por algún medio tumbar la sentencia belga. Pero no podía hacer nada hasta que el Parlamento Europeo no confirmase la retirada de la inmunidad. Así que tocaba esperar. 

Sería el 9 de marzo de 2021 cuando el Parlamento Europeo retirase la inmunidad a los tres eurodiputados, salvo para poder acudir a sus reuniones en y del Parlamento Europeo. Ese mismo día fue cuando Llarena presentó la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Era la única manera que el juez instructor tenía de intentar reconducir lo que en Bélgica ya había sido una bofetada contundente. Sin embargo, no pensó que con esta pregunta se cerraba las puertas durante unos cuantos meses. Y es que, según el Derecho de la UE, cuando planteas una cuestión prejudicial ante el TJUE el asunto sobre el que haces la pregunta queda en paréntesis, congelado, suspendido. Y, por lo tanto, al plantear la cuestión sobre la causa penal de Lluís Puig y las euroórdenes también estaba preguntando sobre la causa penal de Carles Puigdemont, de Toni Comín, de Clara Ponsatí. Al hacer esta pregunta, quedaban en suspenso tanto la causa penal como lo que de ella se derivase: o sea, las euroórdenes. 

¿Valdría la pena poner un pie en España para desmontar todo el relato españolista? Si vinieran a España y fueran detenidos, ¿cuál sería el recorrido y la estrategia posible? ¿Se movilizaría el TGUE o quedaría esto enterrado durante meses, privando de libertad a tres parlamentarios que no podrían acudir a sus reuniones al Parlamento, vulnerando así sus derechos?

Por su parte, los tres eurodiputados independentistas catalanes, recurrieron al Tribunal General de la Unión Europea el 19 de mayo denunciando que el Parlamento Europeo había vulnerado sus derechos en la retirada de su inmunidad. Días después solicitaron también que se tomasen medidas provisionales anulando esa retirada de inmunidad, o sea, devolviéndosela hasta que se tomase una decisión final por el Tribunal. Esta petición se rechazó señalando que no había razón para sentirse preocupados, puesto que las euroórdenes estaban suspendidas. Un hecho que además confirmó la Abogacía del Estado español. 

Fue el 23 de septiembre cuando Puigdemont llegó a Alguer, en Italia, y fue detenido. Por alguna razón, no había quedado claro a los agentes que lo recibieron que la euroorden que les aparecía en su sistema informático estaba en realidad en suspenso. Allí fue puesto a disposición judicial, y finalmente se decidió no entregarlo a España. Los hechos demostraron que ni Puigdemont, ni Comín ni Ponsatí eran detenidos y trasladados a España. Ni en Italia, ni en Francia, ni en ninguno de los Estados europeos en los que han estado hasta ahora. Sin embargo, aquellos días pusieron de manifiesto que podía haber errores e interpretaciones al respecto, por lo que los tres eurodiputados volvieron a pedirle al TGUE que les devolviera la inmunidad para evitar estos sustos.

El vicepresidente del TGUE explica que lo que sucedió en Alguer no es motivo de preocupación, sino que debería ser todo lo contrario: la demostración de que las euroórdenes están en suspenso. Italia había sentado (otro) precedente, y según el TGUE en ese momento el Supremo español sabía que las órdenes de detención europeas estaban suspendidas. Así lo subraya. Y deja claro que en estos momentos no hay posibilidad legal alguna de detener a ninguno de los tres parlamentarios para ser entregados a las autoridades españolas. Y subraya que la causa penal está en suspenso: o sea, la acusación por rebelión, sedición, malversación… por la que se piden años de prisión, está actualmente suspendida. Y las consecuencias que de ella se derivan, como las euroórdenes, también. 

El vicepresidente del TGUE dice que no hay razón por la que tenga que extremar las medidas de protección, puesto que para eso ya está la ley europea que tiene que ser respetada por todos los Estados Miembro. Es lógico en base a su razonamiento que lo plantee así: no puede dar por hecho que desde España se vayan a saltar las leyes europeas y detenerlos, aunque evidentemente es lo que sospechamos muchos que sucedería. Es comprensible que el TGUE considere que España va a ser respetuosa con las leyes y, en base a este criterio, sería también lógico pensar que los tres eurodiputados (incluso también Puig) podrían venir a España en este momento. Se supone que nadie puede ponerles ahora ante las autoridades españolas y que la causa está en suspenso. 

La cuestión ahora es: ¿valdría la pena poner un pie en España para desmontar todo el relato españolista? Si vinieran a España y fueran detenidos, ¿cuál sería el recorrido y la estrategia posible? ¿Se movilizaría el TGUE o quedaría esto enterrado durante meses, privando de libertad a tres parlamentarios que no podrían acudir a sus reuniones al Parlamento, vulnerando así sus derechos?