Según datos de la Dirección General de Tráfico, en 2021 se contabilizaron un total de 37.046.864 vehículos en España. Y de ellos, alrededor de 25 millones eran turismos, cuya media de edad superaba los 14 años. Es por eso que la DGT trabaja sin descanso para garantizar la máxima seguridad en las carreteras, con medidas que, aunque puedan parecer absurdas, son de lo más efectivas.

Por ejemplo, la que te contamos a continuación y que tiene que ver con lo limpio que esté tu coche. Una sanción que no viene especificada en el código de circulación de forma específica, pero es fácilmente interpretable.

Según el artículo 19.1 del Código de Circulación, “la superficie acristalada del vehículo tiene que permitir al conductor una visibilidad total y sin interferencias de láminas o adhesivos”. Esto significa que los conductores están obligados a llevar limpio el parabrisas y libre de obstáculos con tal de evitar cualquier problema en la visibilidad.

Llevar el coche sucio en el exterior puede ser motivo de multa

Del mismo modo, llevar un ambientador (u otro objeto) en el retrovisor o en la parte superior del salpicadero puede ser motivo de multa. Las sanciones oscilan entre los 80 y los 200 euros. Como decíamos, esta normativa es bastante interpretativa, con lo que la sanción dependerá del criterio del agente de turno.

Ambientador parabrisas
Parabrisas

Del mismo modo, también puede ser objeto de multa llevar sucia la matrícula, ya que ello puede dificultar la identificación del vehículo. Asimismo, los retrovisores son otro elemento externo fundamental del coche, con lo que también tendremos que llevarlo en perfectas condiciones de limpieza si no queremos arriesgarnos a ser sancionados. En ambos casos las multas también se sitúan entre los 80 y los 200 euros.