El auge del coche eléctrico ha traído consigo una nueva palabra al vocabulario del tráfico: icing. Se refiere a la costumbre de aparcar un vehículo de combustión en una plaza destinada a la recarga de eléctricos o híbridos. Lo que algunos ven como una simple parada rápida para recoger un paquete, para otros es un serio contratiempo: quedarse sin posibilidad de cargar la batería.

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El término viene del inglés (ice, 'hielo'), y simboliza el "jarro de agua fría" que recibe quien llega con pocos kilómetros de autonomía y encuentra su enchufe ocupado por un coche que ni siquiera lo necesita.

¿Por qué la DGT lo considera una infracción?

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha endurecido su postura porque considera que bloquear un punto de recarga no es solo una falta de civismo, sino una traba para la transición energética.

  • Las plazas de recarga suelen estar situadas en lugares estratégicos: estaciones de servicio, parkings públicos o zonas urbanas de gran demanda.
  • Son puntos clave para que los conductores de eléctricos puedan garantizar su movilidad diaria.
  • Ocupados de manera indebida, se convierten en un obstáculo para la implantación de este tipo de vehículos.

La señal R-308 es la que regula este uso. Prohíbe de forma expresa el estacionamiento de vehículos de combustibles fósiles en esos espacios, reservándolos solo a eléctricos e híbridos enchufables.

Multas y sanciones: ¿qué se castiga y con cuánto?

La DGT ha definido un abanico sancionador que va de los 100 a los 200 euros, en función de la situación.

  • Aparcar un coche de gasolina o diésel en una plaza junto a una estación de recarga: entre 100 y 200 €.
  • Bloquear un punto de carga reservado a eléctricos o híbridos: hasta 200 €.

No se trata solo de una penalización económica: con estas medidas la DGT busca disuadir comportamientos incívicos que afectan a un servicio esencial.

El 'icing', comparado con otras infracciones

Bloquear una plaza de recarga puede parecer una acción menor, pero tiene paralelismos con otras conductas sancionadas:

  • Es tan grave como estacionar en una plaza reservada para personas con movilidad reducida: obstaculiza a quien realmente lo necesita.
  • Equivale a ocupar un carril bus: se entorpece un servicio diseñado para mejorar la movilidad colectiva.
  • Es como aparcar en una boca de incendio: quizá no moleste al instante, pero puede ser decisivo en un momento crítico.

Cómo evitar la multa (y ganar en civismo)

La DGT insiste en que prevenir la sanción es sencillo si se siguen unas pautas básicas:

  • Si conduces gasolina o diésel, ignora siempre las plazas con el símbolo del enchufe.
  • Aprende a identificar la señal R-308 y trátala como si fuera un semáforo en rojo.
  • Si conduces un eléctrico o híbrido, utiliza la plaza solo el tiempo justo de recarga. Nada de dejarlo aparcado durante horas.
  • Comparte esta información con familia y amigos: cuanto más conocida sea la norma, menos conflictos habrá en la calle.

Una cuestión de futuro

La implantación del vehículo eléctrico en España todavía tiene margen de crecimiento. Uno de los principales retos es ampliar la red de recarga pública. Pero de poco sirve multiplicar los puntos si estos están ocupados por quien no debe.

La DGT lo sabe, y por eso pone el acento en este tipo de sanciones: no es recaudación, es pedagogía vial. Se trata de recordar que la movilidad eléctrica no puede despegar si no se respetan sus reglas básicas.