Desde 2016, muchos jubilados que tienen dos o más hijos no han recibido un derecho que ahora pueden reclamar. Se trata del llamado complemento de maternidad, hoy conocido como complemento para la reducción de la brecha de género. Durante años, este extra solo se reconocía a las mujeres, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que esa exclusión era discriminatoria para los hombres. Como consecuencia, ahora, los hombres que se jubilaron en ese periodo también tienen derecho a recibirlo.

Esto significa que miles de jubilados, principalmente padres con dos o más hijos, pueden solicitar a la Seguridad Social cantidades significativas que no se les abonaron en su momento. Los efectos retroactivos hacen que la reclamación pueda alcanzar varios miles de euros, siempre según el número de hijos y de la cuantía de la pensión. De este modo, padres que no recibieron este complemento ahora ven la oportunidad de regularizar su situación y recibir lo que les corresponde.

Las personas que pueden reclamar a Hacienda

Pueden reclamar los jubilados que hayan accedido a una pensión contributiva, ya sea por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. El requisito clave es tener dos o más hijos y que en su momento no se les reconociera este complemento. Según el número de hijos, la pensión puede incrementarse un 5% por dos hijos, un 10% por tres y un 15% por cuatro o más.

Un jubilado en un parque. Foto Anthony Fomin Unsplash
Un jubilado en un parque. Foto Anthony Fomin Unsplash

La aplicación sobre la pensión mensual y los años de retroactividad hacen que muchas reclamaciones acumulen entre 3.000 y 10.000 euros, pudiendo superar estas cifras en pensiones elevadas o las que tienen más años de retroactividad. Por tanto, se trata de una oportunidad para muchos jubilados que no habían percibido un derecho que les correspondía legalmente.

Cómo reclamar y qué cambia a partir de 2021

El derecho surge a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE y de las resoluciones posteriores de tribunales españoles, que han obligado a la Seguridad Social a reconocer el complemento a los hombres. Desde el 4 de febrero de 2021, el complemento cambió de nombre y reglas, ahora se llama complemento para la reducción de la brecha de género y ya contempla la solicitud tanto de hombres como de mujeres, aunque con requisitos distintos.

En la práctica, esto significa que cualquier jubilado que cumpla los criterios de 2016 a 2021 puede presentar su reclamación, y la Seguridad Social está obligada a reconocerlo. Así pues, quienes cumplen los requisitos, es un derecho que se traduce en un aumento tangible de su pensión mensual y un ingreso retroactivo que puede aliviar económicamente a muchas familias.