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José Elías ha vuelto a poner el foco en uno de los grandes problemas que afrontan muchos empresarios cuando alcanzan la edad de jubilación. El empresario asegura que en España “está prohibido jubilarse si tienes una empresa”, una afirmación con la que pretende denunciar las dificultades que aparecen cuando una persona quiere dejar de trabajar, pero continúa siendo propietaria de una sociedad que sigue funcionando.

El problema no está exactamente en poseer la empresa. La Seguridad Social permite cobrar la pensión y mantener la titularidad de un negocio, siempre que el jubilado se limite a las funciones propias de esa condición. La incompatibilidad aparece cuando continúa realizando personalmente tareas de dirección, gestión o administración que obligarían a permanecer de alta en la Seguridad Social.

Ser propietario no es lo mismo que seguir trabajando

Un empresario jubilado puede conservar sus participaciones, cobrar dividendos y seguir siendo propietario. Sin embargo, firmar contratos, negociar con clientes, dirigir empleados, representar habitualmente a la sociedad o encargarse de la gestión diaria puede considerarse actividad profesional. En ese escenario, cobrar íntegramente la jubilación ordinaria puede resultar incompatible con mantener esas funciones.

Ahí aparece el problema que denuncia Elías. Muchas pequeñas y medianas empresas dependen completamente de su fundador. Cuando llega a los 65 o 70 años, quizá no existe un hijo dispuesto a continuar, un directivo preparado para asumir el control o un comprador interesado. El empresario quiere retirarse, pero abandonar la gestión puede significar poner en peligro el negocio construido durante décadas.

La jubilación activa ofrece una alternativa

La legislación sí contempla mecanismos para continuar trabajando y cobrar parte de la pensión. La jubilación activa permite compatibilizar una actividad por cuenta propia o ajena con un porcentaje de la prestación cuando se cumplen los requisitos. Para determinados autónomos con trabajadores contratados, ese porcentaje puede llegar progresivamente hasta el 100%, dependiendo de cuánto hayan retrasado su jubilación.

Por tanto, no existe una prohibición absoluta de jubilarse por tener una empresa. Lo que no puede hacerse, con carácter general, es cobrar la pensión ordinaria completa y continuar gestionando personalmente la compañía como antes. La crítica de José Elías apunta precisamente a ese vacío práctico: ser propietario es compatible, pero retirarse de verdad exige encontrar a alguien que gestione el negocio. Para muchos pequeños empresarios, vender, delegar o cerrar termina convirtiéndose en la única forma real de dejar de trabajar después de toda una vida al frente de su empresa.